Carácter sacramental

Según la doctrina de la Iglesia católica, un carácter sacramental es una marca espiritual indeleble (el significado de la palabra carácter en latín) impresa por tres de los siete sacramentos: bautismo, confirmación, y Orden Sacerdotal.

Esta enseñanza se expresa como sigue en el Catecismo de la Iglesia católica, 1121:

Los tres sacramentos del Bautismo, de la Confirmación y del Orden sacerdotal confieren, además de la gracia, un carácter sacramental o "sello" por el cual el cristiano participa del sacerdocio de Cristo y forma parte de la Iglesia según estados y funciones diversos. Esta configuración con Cristo y con la Iglesia, realizada por el Espíritu, es indeleble (Cc. de Trento: DS 1609); permanece para siempre en el cristiano como disposición positiva para la gracia, como promesa y garantía de la protección divina y como vocación al culto divino y al servicio de la Iglesia. Por tanto, estos sacramentos no pueden ser reiterados.

Las marcas que dejan estos tres sacramentos son distintos en cada caso, siendo además indelebles, así que nadie puede recibir el sacramento en cuestión más de una vez. La doctrina del carácter sacramental es por lo tanto una expresión particular de una doctrina largamente establecida según la cual el bautismo, la confirmación y las órdenes sagradas no pueden reiterarse.

Quien recibe un grado inferior de las órdenes sagradas puede recibir una superior. De este modo, aunque uno que haya sido ordenado diácono no puede ser ordenado otra vez diácono, sí puede ser ordenado sacerdote. Del mismo modo, mientras un sacerdote no puede volver a ser ordenado sacerdote, sí puede ser ordenado obispo. No hay grado superior al de obispo que pueda ordenarse. Cada grado superior, se supone que confiere mayor profundidad o intensificación del carácter de las órdenes sagradas.

Es dudoso si una persona ha recibido uno de estos sacramentos en cuestión, el sacramento puede ser administrado condicionalmente, pero no, hablando propiamente, repetido.

La doctrina del carácter sacramental fue definido dogmáticamente en el siglo XVI Concilio de Trento, pero ya se había sostenido desde hacía mil años antes, y sobre ello escribió Agustín de Hipona. El teólogo inglés del siglo XIII, Alejandro de Hales desarrolló y fijó esta doctrina del "character indelibilis" del bautismo, la confirmación, y la ordenación sacerdotal.

El Catecismo de la Iglesia Católica, 698 explica de la siguiente manera el significado de la imagen de "sello", usada como alternativa a la del "carácter":

"El sello es un símbolo cercano al de la unción. En efecto, es Cristo a quien "Dios ha marcado con su sello" (Jn 6, 27) y el Padre nos marca también en él con su sello (2 Co 1, 22; Ef 1, 13; 4, 30). Como la imagen del sello ["sphragis" - (σφραγίς) ] indica el carácter indeleble de la Unción del Espíritu Santo en los sacramentos del Bautismo, de la Confirmación y del Orden, esta imagen se ha utilizado en ciertas tradiciones teológicas para expresar el "carácter" imborrable impreso por estos tres sacramentos, los cuales no pueden ser reiterados..

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