Consejo Económico y Social (España)

organismo español

El Consejo Económico y Social (CES) de España es un órgano consultivo del Gobierno en materia socioeconómica y laboral. Se configura como un ente de derecho público, con personalidad jurídica propia, plena capacidad y autonomía orgánica y funcional para el cumplimiento de sus fines, adscrito Ministerio de Trabajo y Economía Social.[3]​ Fue creado por la Ley 21/1991, de 17 de junio.

Consejo Económico y Social


Localización
País España
Información general
Sigla CES
Jurisdicción España
Tipo Ente de derecho público
Sede C/ Huertas, 73, Madrid, España
Organización
Presidente Antón Costas Comesaña (Real Decreto 315/2021, de 4 de mayo de 2021, BOE de 5 de mayo de 2021)
Empleados 59 (2020)[1]
Presupuesto 9,22 millones de (2023)[2]
Historia
Fundación 18 de junio de 1991 (32 años)
Sitio web oficial

El Consejo estará integrado por 61 miembros, incluido su presidente, organizados en tres Grupos de 20 consejeros cada uno:

  • Grupo Primero, en representación de las organizaciones sindicales;
  • Grupo Segundo, en representación de las organizaciones empresariales;
  • Grupo Tercero, que representa a varios sectores: sector agrario (3 consejeros), sector marítimo-pesquero (3 consejeros), sector de la economía social (4 consejeros), organizaciones de consumidores y usuarios (4 consejeros), y 6 Expertos en materias competencia del Consejo designados por el Gobierno.

Funciones editar

Son funciones del Consejo Económico y Social las siguientes:

  • Emitir dictamen, con carácter preceptivo, sobre los Anteproyectos de Leyes del Estado y Proyectos de Reales Decretos Legislativos que regulen materias socioeconómicas y laborales y sobre los Proyectos de Reales Decretos que se considere por el Gobierno que tienen una especial trascendencia en la regulación de las materias indicadas.
  • Emitir dictamen, también con carácter preceptivo, sobre Anteproyectos de Leyes o Proyectos de disposiciones administrativas que afecten a la organización, competencias o funcionamiento del Consejo; sobre la separación del Presidente y del Secretario General del Consejo y sobre cualquier otro asunto que, por precepto expreso de una Ley, haya que consultar al Consejo.
  • Emitir dictamen sobre los asuntos que, con carácter facultativo, se sometan a consulta del Consejo por el Gobierno de la Nación o sus miembros.
  • Elaborar, a solicitud del Gobierno o de sus miembros, o por propia iniciativa, estudios e informes que se relacionen, en el marco de los intereses económicos y sociales que son propios de los interlocutores sociales, con las siguientes materias: Economía y Fiscalidad; Relaciones Laborales, Empleo y Seguridad Social; Asuntos Sociales; Agricultura y Pesca; Educación y Cultura; Salud y Consumo; Medio Ambiente; Transporte y Comunicaciones; Industria y Energía; Vivienda; Desarrollo Regional; Mercado Único Europeo y Cooperación para el Desarrollo.
  • Regular su propio régimen de organización y funcionamiento interno.
  • Elaborar y elevar anualmente al Gobierno, dentro de los primeros cinco meses de cada año, una Memoria en la que se expongan sus consideraciones sobre la situación socioeconómica y laboral de la nación.

También existen Consejos Económicos y Sociales autonómicos, creados independientemente del CES estatal de España.

El CES ha saltado a los medios en relación con la calificación del proyecto de ley que establece deducciones en renta por nacimiento de hijo, criticando la no inclusión de la educación infantil de 0 a 3 años como gratuita (aunque de carácter no obligatorio)[4]

Véase también editar

Referencias editar

Enlaces externos editar