Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer

     Firmado y ratificado      Adherido      Estado no reconocido que apoya el tratado      Sólo firmado      No firmado

La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CETFDCM) es fruto del trabajo de años realizado por la Comisión de la Condición Jurídica y Social de la Mujer, que fue creada en 1946 por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas.

Dicha Comisión, basándose en la Declaración sobre la Eliminación de la Discriminación Contra la Mujer de Naciones Unidas de 1967, comienza a preparar la CETFDCM en 1974. La Asamblea General de Naciones Unidas finalmente la aprobó el 18 de diciembre de 1979.

Es habitual que la prensa confunda la CETFDCM, firmada en 1979, de su Protocolo Facultativo (Protocolo CETFDCM), firmado en 1999.

La CETFDCM

La Convención tiene como finalidad eliminar efectivamente todas las formas de discriminación contra la mujer, obligando a los estados a reformar las leyes con tal fin y discutir sobre la discriminación en el mundo. En su artículo 1, la CETFDCM define la discriminación contra la mujer como:

Cualquier distinción, exclusión o restricción hecha en base al sexo que tenga el efecto o propósito de disminuir o nulificar el reconocimiento, goce y ejercicio por parte de las mujeres, independientemente de su estado civil, sobre la base de igualdad del hombre y la mujer, de los derechos humanos y libertades fundamentales en las esferas política, económica, social, cultural, civil o en cualquier otra esfera.

También establece un programa de acción para poner fin a la discriminación por razón de sexo: los Estados que ratifican el Convenio tienen la obligación de consagrar la igualdad de género en su legislación nacional, derogar todas las disposiciones discriminatorias en sus leyes, y promulgar nuevas disposiciones para proteger contra la discriminación contra la mujer . También deben establecer tribunales y las instituciones públicas para garantizar a las mujeres una protección eficaz contra la discriminación, y adoptar medidas para eliminar todas las formas de discriminación contra la mujer practicada por personas, organizaciones y empresas.

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Protocolo Facultativo

El Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer es un instrumento complementario de la Convención, que permite a las partes a reconocer la competencia del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer para examinar las denuncias de particulares.[1]

El Protocolo Facultativo fue aprobado por la Asamblea General de Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1999 y entró en vigencia el 22 de diciembre de 2000, luego de recibirse la décima ratificación. Hasta 2006, 87 países lo habían ratificado.

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Países miembros

Hasta 2012, 187 países habían ratificado o se habían adherido a la convención, mientras que Estados Unidos y Sudán del Sur, la habían firmado pero no ratificado. Sólo ocho países Irán, Nauru, Palaos, Catar, Somalia, Sudán, Tonga y el Vaticano no habían firmado para esta fecha la convención. Cabe destacar que el que ha sido considerado por décadas como el país más misógino del mundo, Afganistán, firmó y ratificó la convención.[2]

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Referencias

  1. [ Protocolo Facultativo de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer] (Artículo 1)
  2. CETFDCM, Naciones Unidas (2007). «CEDAW: States parties» (en inglés). Consultado el 25 de febrero de 2009.
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Última modificación el 15 may 2013, a las 05:21