Español: Art. 1° Las armas de Venezuela serán un escudo, cuyo campo llevará los colores del pabellón venezolano en tres cuarteles. El cuartel de la derecha será rojo, y en él se colocará un manojo de mieses, que tendrá tantas espigas cuantas sean las provincias de Venezuela, simbolizándose a la vez la unión de éstas bajo su sistema político y la riqueza de su suelo. El de la izquierda será amarillo y como emblema del triunfo llevará armas y pabellones enlazados con una corona de laurel. El tercer cuartel que ocupará toda la parte inferior será azul y contendrá un caballo indómito blanco, empresa de la Independencia. El escudo tendrá por timbre el emblema de la abundancia que Venezuela había adoptado por divisa, y en la parte inferior una rama de laurel y una palma atadas con giras azules y encarnadas, en que se leerán en letras de oro las inscripciones siguientes: Libertad – 19 de abril de 1810 – 5 de julio de 1811.
Esta imagen representa una bandera, un escudo, un sello o alguna otra insignia oficial. El uso de estos símbolos está restringido en muchos países. Estas restricciones son independientes del estado de sus derechos de autor.