Asamblea Departamental (Colombia)

En Colombia, las Asambleas Departamentales, ocasionalmente llamadas Dumas Departamentales, son instituciones públicas de carácter político y administrativo que gozan de autonomía adminis y presupuesto propio. Están conformadas por no menos de 11 diputados ni más de 31,[1]​ elegidos en cada departamento por voto directo y universal para un periodo de cuatro años,[2]​ con posibilidad de ser reelectos de forma inmediata. Ellas emiten ordenanzas y resoluciones de obligatorio cumplimiento en su jurisdicción territorial. Su equivalente en las ciudades son los concejos municipales y en los corregimientos, comunas o localidades son las juntas administradoras locales. En sentido amplísimo, su equivalente a nivel nacional es el Congreso que es el único órgano legislativo del Estado Colombiano por ser un estado unitario.

Para ser elegido diputado se requiere ser ciudadano en ejercicio, no haber sido condenado a pena privativa de la libertad, con excepción de los delitos políticos o culposos, y haber residido en la respectiva circunscripción electoral durante el año inmediatamente anterior a la fecha de la elección.

Bogotá, por ser Distrito Capital no tiene representación en alguna asamblea departamental, ya que gozando de autonomía para la gestión de sus intereses, su papel en su caso lo asume el Concejo de Bogotá.[3]​ Por otra parte, la Isla de San Andres al ser administrada directamente por el gobernador departamental, la asamblea ejerce las funciones de un concejo municipal para esta entidad territorial.

HistoriaEditar

Las asambleas departamentales inicialmente era nueve (incluyendo el entonces Departamento de Panamá), reemplazando a los parlamentos estatales que existieron durante el sistema federal de la constitución de Rionegro.

Por muchos años, el Senado de la República era elegido indirectamente, a través de las asambleas departamentales.

ComposiciónEditar

A partir de 2007 el total de diputados es de 418 [4]

Asambleas Departamentales
Departamentos Número de Diputados
Total asignados Composición (2020-2023)
Amazonas 11
Antioquia 26

  7   CD

  5   PC

  5   PL

  3   AV

  2   PU

  1   ASI

  1   CR

  1   Dignidad

  1   MIRA

Arauca 11
Atlántico 14
Bolívar 14
Boyacá 16
Caldas 14  

  5   PL

  3   CD-MIRA

  3   PU

  2   PC

  1   AV

Caquetá 11
Casanare 11
Cauca 13
Cesar 11
Choco 11
Córdoba 13
Cundinamarca 16  

  4   CR

  3   PL

  3   PU

  2   AV

  2   CD

  2   PC-MIRA

Guainía 11
Guaviare 11
Huila 12
La Guajira 11
Magdalena 13

  5   CR

  2   CD

  1   AV

  1   Colombia Renaciente

  1   Convergencia Democrática del Magdalena

  1   PC-MIRA

  1   PL

  1   PU

Meta 11
Nariño 14  

  4   PC

  2   CR

  2   PL

  2   PU

  2   Convergencia

  1   AICO

  1   Unidos Sí Podemos

Norte de Santander 13
Putumayo 11
Quindío 11
Risaralda 12
San Andrés y Providencia 11
Santander 16

  2   AV

  2   CR

  2   LIGA

  2   PC

  2   PL

  1   ASI

  1   CD

  1   CD-MIRA

  1   Dignidad

  1   PU

  1   Unidad Alternativa

Sucre 11
Tolima 15
Valle del Cauca 21
Vaupés 11
Vichada 11

Véase tambiénEditar

ReferenciasEditar

  1. Congreso de Colombia (17 de enero de 1996). Diario Oficial de Colombia, ed. «Acto legislativo número 01 de 1996». Imprenta Nacional de Colombia. Consultado el 18 de febrero de 2017. 
  2. Asamblea Nacional Constituyente, 6 de julio de 1991, Artículo 299.
  3. «Información General de Bogotá». Alcaldía Mayor de Bogotá D. C. 2010. Archivado desde el original el 4 de marzo de 2015. Consultado el 18 de febrero de 2010.  Enlace irrecuperable
  4. Presidente de Colombia Álvaro Uribe Vélez (26 de julio de 2007). Diario Oficial de Colombia, ed. «Decreto 2833 de 2007». Imprenta Nacional de Colombia. Consultado el 18 de septiembre de 2022. 

BibliografíaEditar