Asamblea Nacional de Panamá

La Asamblea Nacional de Panamá es el órgano unicameral que ejerce el poder legislativo del país homónimo que está integrada por 71 diputados electos por votación popular directa para un período de 5 años. La Asamblea Nacional sesiona durante ocho meses, dividido en dos legislaturas de cuatro meses cada una, una que se extenderá desde el 1 de julio hasta el 31 de octubre, y otra desde el 2 de enero hasta el 30 de abril. Su función es expedir las leyes necesarias para el cumplimiento de los fines y el ejercicio de las funciones del Estado.

Asamblea Nacional

Lema: Decente, independiente y transparente
Pleno de la Asamblea Nacional de Diputados.jpg
Pleno de la Asamblea Nacional de Diputados.
Información general
Ámbito Bandera de Panamá República de Panamá
Creación 3 de noviembre de 1904[1]
(Convención Constituyente)
1 de septiembre de 1906[1]
(Primera Asamblea)
Tipo Unicameral
Inicio de sesiones 1 de julio de 2019
Liderazgo
Presidente Jaime Vargas Centella (PRD)
desde el 1 de julio de 2023
Primer Vicepresidente Ricardo Torres (PRD)
desde el 1 de julio de 2023
Segundo Vicepresidente Corina Cano (MOLIRENA)
desde el 1 de julio de 2023
Secretario general Quibián Panay (PRD)
desde el 1 de julio de 2019
Subsecretaria general Dana Castañeda (CD)
desde el 1 de julio de 2019
Composición
Miembros 71 diputados
AN Panama 2019 election.svg
Grupos representados Gobierno (40):  35   PRD  5   MOLIRENA
Oposición (26):  18   CD[2]  8   PAN
Independientes (5):  5   Independiente
Elecciones
Última elección 5 de mayo de 2019
Próxima elección 5 de mayo de 2024
Sitio web
asamblea.gob.pa
Sucesión
Asamblea Legislativa de Panamá Asamblea Nacional

Uno de los aspectos de la Asamblea Nacional de Panamá que la distingue de otros parlamentos es que los partidos políticos pueden revocar el mandato de los diputados principales o suplentes que hayan postulado si ocurren "violaciones graves de los estatutos y de la plataforma ideológica, política o programática del partido".[cita requerida]

Historia editar

Convención Nacional Constituyente de 1904 editar

En 1903, la Separación de Panamá de Colombia conllevó a la creación de una Asamblea Constituyente que redactara una constitución política para la nueva república. Esta asamblea se convocó en ese año por la Junta Provisional de Gobierno, pero su primera reunión fue el 3 de noviembre de 1904.[1]

La elección de la Convención de 1904 consolidó la predominancia política del Partido Liberal, evidenciada en que la presidencia de la Asamblea recayera en Pablo Arosemena,[1]​ abogado y periodista liberal que cuatro años después sería elegido Presidente de Panamá.

El principal legado de dicha asamblea fue la redacción de la primera Constitución Política de la República de Panamá como un Estado soberano e independiente. Una vez proclamado el nuevo ordenamiento jurídico, la Convención, con el voto unánime de conservadores y liberales, proclamó al conservador Manuel Amador Guerrero como primer Presidente constitucional de Panamá de conformidad a una disposición transitoria insertada en el mismo texto constitucional que disponía la elección del primer presidente por la mayoría absoluta de la Asamblea.[3]

Bajo la Constitución de 1904 editar

Conforme a la Constitución política de 1904, la Asamblea Nacional de Panamá, se debía componer de un diputado elegido por cada 10 000 habitantes y uno más por un residuo que no bajara de 5000 para un período de 4 años. Para ser diputado había que ser ciudadano en ejercicio y tener al menos 25 años de edad.[3]

La inauguración de la primera Asamblea Nacional propiamente tal ocurrió el 1 de septiembre de 1906, única fecha en la que la Asamblea podía reunirse sin necesidad de convocatoria. Dicha sesión duró un aproximado de dos horas y asistieron 19 diputados, más dos diputados suplentes. El primer Presidente de la Asamblea fue Tomás Arias, quien había participado en la Junta Provisional de Gobierno durante el proceso separatista.[1]

En lo que respecta a la composición política-partidista, al principio la Asamblea se compuso de un bipartidismo entre el Partido Liberal y el Partido Conservador, siendo estos los únicos grupos parlamentarios en la primera Asamblea.[1]​ Esto cambió en 1916 cuando, en medio de una crisis económica provocada por la Primera Guerra Mundial, el presidente liberal Belisario Porras entró en conflicto con el presidente de su partido Carlos Antonio Mendoza. Como no coincidieron en las candidaturas a la Asamblea se produce una escisión en dicha colectividad. A partir de entonces, los conservadores comenzaron a perder relevancia[4]​ y la principal pugna parlamentaria se dio entre los liberales "porristas", cercanos a Belisario Porras, y los liberales "chiaristas", cercanos a Rodolfo Chiari.[5]

En 1926 Panamá suscribe con Estados Unidos el Tratado Kellogg-Alfaro que concedía más derechos a Estados Unidos sobre la zona del Canal de Panamá. Frente a la presión pública y al riesgo de una inestabilidad institucional, la Asamblea de mayoría liberal rechazó la firma del Tratado.[6]​ Este acontecimiento favoreció la aparición de nuevos movimientos políticos de carácter nacionalista como Acción Comunal que entrarían a competir con el hasta entonces predominante liberalismo panameño.

Bajo la Constitución de 1941 editar

Luego en 1941 se promulgó una nueva Constitución Política de la República de Panamá en la que se modificó la forma a elegir los diputados por proporción poblacional y se extiende el período a 6 años. En 1946 nuevamente es modificado el período de los diputados a 4 años, posteriormente en 1968 Arnulfo Arias fue derrocado y se eliminó la Asamblea Nacional.

Bajo la Constitución de 1972 editar

 
Palacio Legislativo de Panamá, Ciudad de Panamá.

En 1972 se creó la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos y el Consejo Nacional de Legislación, la primera estaba integrada por diputados electos por período de seis años uno por cada Corregimiento; el segundo estaba integrado por el Presidente de la República y Vicepresidente de la República, el Presidente de la Asamblea Nacional de Representantes de Corregimientos, los Ministros de Estado, y los miembros de Comisión de Legislación; ambos órganos ejercían el Órgano Legislativo de Panamá.

La Constitución Política de la República de Panamá fue reformada en 1983 estableciendo un solo órgano o corporación legislativa denominada Asamblea Legislativa integrada por legisladores, éstos eran electos por circuitos electorales, por un período de cinco años. En 2004 se renombra nuevamente a Asamblea Nacional de Panamá.

Representación por provincia editar

De acuerdo con el Código electoral de Panamá, cada provincia elige una cantidad de diputados acorde a su población, los diputados son elegidos a través de circuitos electorales, que pueden ser uninominales (eligen a un solo diputado) o plurinominales (eligen dos o más diputados).

Provincia Número de diputados Número de circuitos

  Bocas del Toro

2 1

  Coclé

5 4

  Colón

5 2

  Chiriquí

9 6

  Darién

2 2

  Herrera

3 3

  Los Santos

2 2

  Panamá

25 6

  Veraguas

5 4

  Panamá Oeste

8 4

  Comarca Guna Yala

2 2

  Comarca Ngäbe-Buglé

3 3

Composición de la Asamblea Nacional editar

El siguiente cuadro muestra a las bancadas políticas de la Asamblea Nacional junto a sus miembros del período 2019-2024.

N.º Bancada Miembros (Circuito) Relación con el Gobierno
35   Partido Revolucionario Democrático
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  • Abel Beker Ábrego (1-1)
  • Benicio Robinson (1-1)
  • Néstor Guardia Jaén (2-1)
  • Daniel Ramos Tuñón (2-1)
  • Melchor Herrera Espinoza (2-2)
  • Mariano López Amador (3-1)
  • Jairo "Bolota" Salazar Ramírez (3-1)
  • Fernando Arce Mendizábal (4-1)
  • Juan Esquivel Santamaría (4-3)
  • Gonzalo González Mendizábal (4-4)
  • Jaime Vargas Centella (5-2)
  • Alejandro Castillero Pinilla (6-1)
  • Julio Mendoza González (6-2)
  • Marcos Castillero (6-3)
  • Eric Broce Espino (7-1)
  • Olivares de Frías Frías (7-2)
  • Leandro Ávila (8-2)
  • Raúl Pineda Vergara (8-2)
  • Zulay Rodríguez Lu (8-2)
  • Crispiano Adames Navarro (8-3)
  • Héctor Brands Córdoba (8-3)
  • Víctor Castillo Pérez (8-4)
  • Javier Sucre Mejía (8-4)
  • Alina González Córdoba (8-5)
  • Cenobia Vargas Grajales (8-6)
  • Luis Cruz Vargas (9-1)
  • Ariel Alba Peñalba (9-2)
  • Eugenio Bernal Ortiz (9-3)
  • Ricardo Torres Díaz (9-4)
  • Petita Ayarza Pérez (10-1)
  • Arquesio Arias Félix (10-2)
  • Ricardo Santo Montezuma (12-3)
  • Kayra Harding Bart (13-1)
  • Roberto Ábrego Torres (13-4)
  • Roberto Antonio Ayala (13-4)
Gobierno
18   Cambio Democrático

Dividida de forma no oficial en:[7]

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  • Cercanos a Realizando Metas
  • Bernardino González González (3-1)
  • Nelson Jackson Palma (3-2)
  • Arnulfo Díaz de León (5-1)
  • Hernán Delgado Quintero (8-1)
  • Dalia Bernal Yáñez (8-2)
  • Sergio Gálvez Evers (8-3)
  • Mayín Correa Delgado (8-4)
  • Fátima Agrazal Guiraud (9-1)
  • Leopoldo Archibold Hooker (12-2)
  • Marylín Vallarino De Sellhorn (13-1)
  • Yanibel Ábrego Smith (13-2)
  • Junior Herrera Ocaña (13-3)
  • Lilia Batista de Guerra (13-4)
  • Lo Bueno Viene
  • Rony Araúz González (4-3)
  • Ana Giselle Rosas Mata (4-6)
  • Génesis Arjona Gómez (8-5)
  • Edwin Zúñiga Mencomo (8-6)
Oposición
8   Partido Panameñista
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  • Luis Ernesto Carles Rudy (2-3)
  • Leopoldo Benedetti Milligan (2-4)
  • Pedro Torres Mero (3-1)
  • Hugo Méndez Lizondro (4-1)
  • Everardo Concepción Santamaría (4-2)
  • Itzi Atencio González (8-2)
  • Elías Vigil Pérez (8-6)
  • Yesenia Rodríguez Flores (13-1)
Oposición
5 Movimiento Liberal Republicano Nacionalista
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  • Miguel Fanovich Tijerino (4-1)
  • Manolo Ruíz Castillo (4-5)
  • Francisco Alemán Mendoza (8-2)
  • Corina Cano Córdoba (8-3)
  • Tito Rodríguez Mena (8-5)
Gobierno
4   Fracción Independiente
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Oposición
1 Sin bancada[8]
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  • Adán Bejerano Ríos (12-2)
71 Total

Junta Directiva editar

La Junta Directiva es el órgano de administración y presidencia de la Asamblea Nacional. Sus miembros son elegidos de entre los diputados en ejercicio para un mandato de un año.

En la actualidad la Junta Directiva de la Asamblea es controlada por el oficialismo del gobierno del Presidente de la República Laurentino Cortizo mediante alianza del socialdemócrata PRD y el liberal-conservador MOLIRENA.

Junta Directiva de la Asamblea 2019-2020[9]
Cargo Titular Partido
Presidente Marcos Castillero Partido Revolucionario Democrático
Primer Vicepresidente Zulay Rodríguez Partido Revolucionario Democrático
Segundo Vicepresidente Tito Rodríguez Movimiento Liberal Republicano Nacionalista
Junta Directiva de la Asamblea 2020-2021
Cargo Titular Partido
Presidente Marcos Castillero Partido Revolucionario Democrático
Primer Vicepresidente Cenobia Vargas Partido Revolucionario Democrático
Segundo Vicepresidente Tito Rodríguez Movimiento Liberal Republicano Nacionalista
Junta Directiva de la Asamblea 2021-2023
Cargo Titular Partido
Presidente Crispiano Adames Partido Revolucionario Democrático
Primer Vicepresidente Kayra Harding Partido Revolucionario Democrático
Segundo Vicepresidente Miguel Fanovich Movimiento Liberal Republicano Nacionalista
Junta Directiva de la Asamblea 2023-2024
Cargo Titular Partido
Presidente Jaime Vargas Centella Partido Revolucionario Democrático
Primer Vicepresidente Ricardo Torres Díaz Partido Revolucionario Democrático
Segundo Vicepresidente Corina Cano Córdoba Movimiento Liberal Republicano Nacionalista

Períodos editar

La Asamblea Nacional se reunirá por derecho propio, sin previa convocatoria, en la Capital de la República, en sesiones que durarán ocho meses en el lapso de un año, dividido en dos legislaturas ordinarias de cuatro meses cada una. Dichas legislaturas se extenderán desde el primero de julio hasta el treinta y uno de octubre, y desde el dos de enero hasta el treinta de abril.

También se reunirá la Asamblea Nacional, en legislatura extraordinaria, cuando sea convocada por el Órgano Ejecutivo y durante el tiempo que este señale, para conocer exclusivamente de los asuntos que dicho Órgano someta a su consideración.

Requisitos para ser diputado editar

  1. Ser panameño por nacimiento, o por naturalización con quince años de residencia en el país después de haber obtenido la nacionalización.
  2. Ser ciudadano en ejercicio.
  3. Haber cumplido por lo menos 21 años de edad a la fecha de la elección.
  4. No haber sido condenado por delito doloso con pena privativa de la libertad de cinco años o más, mediante sentencia ejecutoriada, proferida por un tribunal de justicia.
  5. Ser residente del circuito electoral correspondiente, por lo menos un año inmediatamente anterior a la postulación.[10]

Véase también editar

Referencias editar

  1. a b c d e f Asamblea Nacional de Panamá (2018). «Historia». www.asamblea.gob.pa. Ciudad de Panamá. Consultado el 2 de enero de 2019. 
  2. a b «Constitución Política de la República de Panamá». constitucion.gob.pa. Panamá: Imprenta Nacional. 1937. Archivado desde el original el 6 de enero de 2019. Consultado el 5 de enero de 2019. 
  3. Political parties of the Americas: Canada, Latin America, and the West Indies. V. 1. Edited by Robert J. Alexander. Westport, Conn.: Greenwood Press, 1982. Pp. 566.
  4. Guardia, Mónica (7 de junio de 2015). «La gran escisión liberal: la ruptura entre Porras y Mendoza». laestrella.com.pa. Panamá. Consultado el 5 de enero de 2019. 
  5. «Tratado Alfaro-Kellogg». ecured.cu. EcuRed: Enciclopedia Cubana. Consultado el 5 de enero de 2019. 
  6. Morales, Yorlenne (21 de julio de 2023). «CD y sus dos bancadas en la Asamblea». La Estrella de Panamá. 
  7. Morales, Yorlenne (5 de julio de 2022). «Diputado Adán Bejerano renuncia a la Bancada Independiente». La Estrella de Panamá. 
  8. Vergara, Yannisse (1 de julio de 2019). «Marcos Castillero se convierte en el nuevo presidente de la Asamblea Nacional». TVN Noticias. 
  9. «Preguntas Frecuentes». 

Enlaces externos editar