Anexo:Nomenclatura de parentesco en español

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Relaciones de parentesco en español: los sistemas terminológicos de parentesco pueden ser completamente diferentes de una sociedad a otra; en la clasificación antropológica inglesa, el sistema español corresponde al esquimal de parentesco.

La nomenclatura de parentesco en español corresponde a un sistema de tipo esquimal. Aquí se describen las relaciones de parentesco por afinidad, por consanguinidad y por adopción. Las relaciones establecidas por compromisos religiosos no se consideran parentales y forman parte de una categoría distinta que se llama parentesco ficticio.

EgoEditar

En la antropología del parentesco, ego es una persona imaginaria que sirve como referencia para la descripción del sistema de parentesco. En español el género de ego no es relevante para la descripción del sistema de parentesco como ocurre en otras lenguas.

Parentescos consanguíneos de egoEditar

Ascendencia de ego en línea directaEditar

PadresEditar

  • Forma de parentesco: por consanguinidad.
  • Línea de parentesco: recta ascendente.
  • Grado de parentesco: primero.

El padre y la madre (conjuntamente llamados padres) son los ascendientes directos inmediatos de ego, varón y mujer, respectivamente. El padre es un hombre o un animal macho que proporciona su código genético en el óvulo para realizar un embarazo. La madre es una mujer o animal hembra que dio a luz en el parto.

AbuelosEditar

  • Forma de parentesco: por consanguinidad.
  • Línea de parentesco: recta ascendente.
  • Grado de parentesco: segundo.

El abuelo o abuela es el padre o madre del padre o de la madre de ego.

BisabuelosEditar

  • Forma de parentesco: por consanguinidad.
  • Línea de parentesco: recta ascendiente.
  • Grado de parentesco: tercero.

El bisabuelo o bisabuela es el padre o madre de la abuela o del abuelo de ego.

TatarabuelosEditar

  • Forma de parentesco: por consanguinidad.
  • Línea de parentesco: recta ascendiente.
  • Grado de parentesco: cuarto.

El tatarabuelo o tatarabuela es el padre o madre de la bisabuela o del bisabuelo de ego.

TrastatarabuelosEditar

El trastatarabuelo o trastatarabuela es el padre o madre de la tatarabuela o del tatarabuelo de ego.

Descendencia de ego en línea directaEditar

HijosEditar

El hijo o hija es la descendencia inmediata del ego con su pareja. Con ellos se puede seguir la generación familiar.

NietosEditar

El nieto o nieta es el hijo o hija del hijo o de la hija de ego.

BisnietosEditar

El bisnieto o bisnieta es el hijo o hija del nieto o de la nieta de ego.

TataranietosEditar

El tataranieto o tataranieta es el hijo o hija del bisnieto o de la bisnieta de ego.

TrastataranietosEditar

El trastataranieto o trastataranieta es el hijo o hija del tataranieto o de la tataranieta de ego.

Parientes laterales de egoEditar

TíosEditar

El tío o tía es el hermano o hermana del padre o madre de ego.

Tíos-abuelosEditar

El tío-abuelo o tía-abuela es el hermano o hermana del abuelo o abuela de ego.

Tíos-bisabuelosEditar

El tío-bisabuelo o tía-bisabuela es hermano o hermana de un bisabuelo o bisabuela de ego.

Tíos-tatarabuelosEditar

El tío-tatarabuelo o tía-tatarabuela es hermano o hermana de un tatarabuelo o tatarabuela de ego.

Medios-tíosEditar

El medio-tío o media-tía es el medio-hermano o media-hermana de la madre o el padre de ego.

Medios-tíos-abuelosEditar

El medio-tío-abuelo o media-tía-abuela es el medio-hermano o media-hermana del abuelo o abuela de ego.

Tíos segundosEditar

El tío segundo o tía segunda es el primo o prima del padre o de la madre de ego.

Tíos-abuelos segundosEditar

El tío-abuelo segundo o tía-abuela segunda es el primo o prima del abuelo o de la abuela de ego.

Tíos-bisabuelos segundosEditar

El tío-bisabuelo segundo o tía-bisabuela segunda es el primo o prima del bisabuelo o de la bisabuela de ego.

Tíos tercerosEditar

El tío tercero o tía tercera es el primo segundo o prima segunda del padre o de la madre de ego.

Tíos-abuelos tercerosEditar

El tío-abuelo tercero o tía-abuela tercera es el primo segundo o prima segunda del abuelo o de la abuela de ego.

Tíos cuartosEditar

El tío cuarto o tía cuarta es el primo tercero o prima tercera del padre o de la madre de ego.

HermanosEditar

El hermano o hermana de ego es cualquier otro hijo de sus 2 mismos padres, con el que comparte rasgos comunes.

Medio-hermanosEditar

El medio-hermano o media-hermana de ego es el hijo o hija de uno de sus padres (padre/s o madre/s), pero no del otro. No confundir con hermanastro (hijos de uno de los cónyuges respecto a los hijos del otro, y que no tienen ningún parentesco de consaguinidad sino de afinidad).

PrimosEditar

El primo o prima es el hijo o hija de un tío o tía de ego. Tiene en común con la otra persona, cero padres y dos abuelos.

Medios-primosEditar

El medio-primo o media-prima es el hijo o hija del medio-tío o media-tía de ego. Tiene en común con la otra persona, cero padres y solo uno de los abuelos.

Dobles-primosEditar

El doble-primo o doble-prima es el hijo o hija de una tía materna (hermana de la madre) y de un tío paterno (hermano del padre) de ego.

El doble-primo o doble-prima es el hijo o hija de una tía paterna (hermana del padre) y de un tío materno (hermano de la madre) de ego.

Tiene en común con la otra persona, cero padres y cuatro abuelos.

Primos segundosEditar

El primo segundo o prima segunda es el nieto o nieta del tío-abuelo o de la tía-abuela de ego. Tiene en común con la otra persona, cero padres, cero abuelos y dos bisabuelos.

Primos tercerosEditar

El primo tercero o prima tercera es el bisnieto o bisnieta del tío-bisabuelo o de la tía-bisabuela de ego. Tiene en común con la otra persona, cero padres, cero abuelos, cero bisabuelos y dos tatarabuelos.

Primos cuartosEditar

El primo cuarto o prima cuarta es el tataranieto o tataranieta del tío-tatarabuelo o de la tía-tatarabuela de ego. Tiene en común con la otra persona, cero padres, cero abuelos, cero bisabuelos, cero tatarabuelos y dos trastatarabuelos.

SobrinosEditar

El sobrino o sobrina es el hijo o hija del hermano o hermana de ego.

Sobrinos-nietosEditar

Un sobrino-nieto o sobrina-nieta es el nieto o nieta del hermano o hermana de ego.

Sobrinos-bisnietosEditar

Un sobrino-bisnieto o sobrina-bisnieta es el bisnieto o bisnieta del hermano o hermana de ego.

Sobrinos-tataranietosEditar

Un sobrino-tataranieto o sobrina-tataranieta es el tataranieto o tataranieta del hermano o hermana de ego.

Medios-sobrinosEditar

El medio-sobrino o media-sobrina es el hijo o hija del medio-hermano o media-hermana de ego.

Medios-sobrinos-nietosEditar

Un medio-sobrino-nieto o media-sobrina-nieta es el nieto o nieta del medio-hermano o media-hermana de ego.

Sobrinos segundosEditar

Un sobrino segundo o sobrina segunda es el hijo o hija del primo o de la prima de ego.

Sobrinos-nietos segundosEditar

Un sobrino-nieto segundo o sobrina-nieta segunda es el nieto o nieta del primo o de la prima de ego.

Sobrinos-bisnietos segundosEditar

Un sobrino-bisnieto segundo o sobrina-bisnieta segunda es el bisnieto o bisnieta del primo o de la prima de ego.

Sobrinos tercerosEditar

Un sobrino tercero o sobrina tercera es el hijo o hija del primo segundo o de la prima segunda de ego.

Sobrinos-nietos tercerosEditar

Un sobrino-nieto tercero o sobrina-nieta tercera es el nieto o nieta del primo segundo o de la prima segunda de ego.

Sobrinos cuartosEditar

Un sobrino cuarto o sobrina cuarta es el hijo o hija del primo tercero o de la prima tercera de ego.

Parentescos por afinidad de egoEditar

Parentescos por afinidad de ego por razón de su propia alianza matrimonialEditar

CónyugesEditar

El esposo o la esposa es el cónyuge de ego. Otros términos sustitutos son marido y mujer de acuerdo al género del mismo. Estos términos son reservados por el Diccionario de la lengua española para aquellas personas que viven en matrimonio, un tipo de unión que en todo el orbe hispanoparlante requiere ser sancionado ritualmente (por la ley civil o por las normas religiosas). Sin embargo, en el habla popular, los términos esposo y esposa pueden ser empleados para sustituir a concubinario y concubino (así como sus formas para el género femenino). Para usos jurídicos se prefiere el empleo de la palabra cónyuge, que tiene la misma forma para masculino y femenino,[1]​ por lo que es un sustantivo de género común.

ConcubinosEditar

En español, el término concubinato designa al vínculo que se establece entre dos personas a través de la unión libre. Los miembros de la pareja que vive en régimen de concubinato son llamados concubinos. El Diccionario de la lengua española recoge además el término concubinario para designar al hombre que tiene concubina. Su correspondiente femenino, concubinaria, se emplea de modo restringido para designar a la mujer que tiene concubino en algunos círculos, y suele aparecer como adjetivo en textos jurídicos designando un tipo de unión: la unión concubinaria (es decir, el concubinato). Legalmente no se reconoce parentesco entre concubinos; en contraste, en el nivel social las actitudes ante quienes viven en concubinato oscilan entre reconocer a este tipo de uniones el mismo estatus cultural y de parentesco que a un matrimonio, o bien, desconocerlo.

Parentescos afines de ego en línea ascendenteEditar

SuegrosEditar

El suegro o suegra es el padre o madre del cónyuge de ego.

Abuelos políticosEditar

El abuelo político o abuela política es el abuelo o abuela del cónyuge de ego.

Bisabuelos políticosEditar

El bisabuelo político o bisabuela política es el bisabuelo o bisabuela del cónyuge de ego.

PadrastrosEditar

El padrastro o madrastra de ego es el cónyuge de la madre o del padre de ego, no siendo éste su propio padre o madre. Este vínculo nace de la ausencia de uno de los padres biológicos de ego, causada por la ruptura de la alianza matrimonial —separación, divorcio o fallecimiento— o por la inexistencia de esta en el caso de las madres y padres solteros.

AbuelastrosEditar

Un abuelastro o abuelastra es el padre o madre de su padrastro o de su madrastra. También, respecto de ego, padrastro o madrastra del padre o de la madre.

BisabuelastrosEditar

Un bisabuelastro o bisabuelastra es el padre o madre de su abuelastro o de su abuelastra. También, respecto de ego, padrastro o madrastra del abuelo o de la abuela.

Parentescos afines de ego en línea descendenteEditar

Yernos y nuerasEditar

El yerno es el esposo de la hija de ego. La nuera es la esposa del hijo de ego.

Nietos políticosEditar

El nieto político es el esposo de la nieta de ego. La nieta política es la esposa del nieto de ego.

Bisnietos políticosEditar

El bisnieto político es el esposo de la bisnieta de ego. La bisnieta política es la esposa del bisnieto de ego.

HijastrosEditar

El hijastro o hijastra es la persona que desciende biológicamente de la pareja de ego pero no de él mismo.

NietastrosEditar

Un nietastro o nietastra es el hijo o hija de su hijastro o de su hijastra. También, respecto de ego, hijastro o hijastra del hijo o de la hija.

BisnietastrosEditar

Un bisnietastro o bisnietastra es el hijo o hija de su nietastro o de su nietastra. También, respecto de ego, hijastro o hijastra del nieto o de la nieta.

Parentescos afines laterales de egoEditar

TíastrosEditar

Un tíastro o tíastra es el hermano o hermana de su padrastro o de su madrastra. También, respecto de ego, hermanastro o hermanastra del padre o de la madre.

Tíos-abuelastrosEditar

Un tío-abuelastro o tía-abuelastra es el hermano o hermana de su abuelastro o de su abuelastra. También, respecto de ego, hermanastro o hermanastra del abuelo o de la abuela.

Tíos políticosEditar

Un tío político es el esposo de la tía de ego, o tío del cónyuge de ego. La tía política es la esposa del tío de ego, o tía del cónyuge de ego.

CuñadosEditar

El cuñado o cuñada es el hermano o hermana del cónyuge de ego; o bien, de manera simétrica, el esposo o esposa de un hermano o hermana de ego.

Medios-cuñadosEditar

El medio-cuñado o media-cuñada es el medio-hermano o media-hermana del cónyuge de ego; o bien, de manera simétrica, el esposo o esposa de un medio-hermano o media-hermana de ego.

HermanastrosEditar

El hermanastro o hermanastra de alguien es el hijo de la pareja (habitualmente el o la cónyuge) de la madre o el padre de ego, sin que ésta sea su padre o madre biológico. Los hermanastros son, sin embargo, los hijos de uno de los cónyuges respecto a los hijos del otro, es decir, que no tienen ningún parentesco de consanguinidad sino de afinidad. O dicho de otro modo: los hermanastros pueden contraer matrimonio entre sí».[2]

PrimastrosEditar

Un primastro o primastra es el hijo o hija de su tíastro o de su tíastra. También, respecto de ego, hijastro o hijastra del tío o de la tía.

Primos políticosEditar

Un primo político es el esposo de la prima de ego, o primo del cónyuge de ego. La prima política es la esposa del primo de ego, o prima del cónyuge de ego.

Sobrinos políticosEditar

Un sobrino político es el esposo de la sobrina de ego, o sobrino del cónyuge de ego. La sobrina política es la esposa del sobrino de ego, o sobrina del cónyuge de ego.

SobrinastrosEditar

Un sobrinastro o sobrinastra es el hijo o hija de su hermanastro o de su hermanastra. También, respecto de ego, hijastro o hijastra del hermano o de la hermana.

Sobrinos-nietastrosEditar

Un sobrinos-nietastro o sobrina-nietastra es el nieto o nieta de su hermanastro o de su hermanastra. También, respecto de ego, nietastro o nietastra del hermano o de la hermana.

Parentesco por adopción de egoEditar

Ascendencia de ego en línea directaEditar

AdoptantesEditar

  • Forma de parentesco: por adopción.
  • Línea de parentesco: recta ascendente.
  • Grado de parentesco: primero.

El adoptante o la adoptante son los que adoptan.

Descendencia de ego en línea directaEditar

PerhijadosEditar

El perhijado o perhijada son los que son adoptados.

Parentescos con clasificación indefinida de egoEditar

Tíos políticos políticosEditar

El tío político político es el esposo de la tía del cónyuge de ego. La tía política política es la esposa del tío del cónyuge de ego.

SuegrastrosEditar

El suegrastro o suegrastra es el padrastro o madrastra del cónyuge de ego, respectivamente.

ConcuñadosEditar

El concuñado es el esposo de la hermana del cónyuge de ego. La concuñada es la esposa del hermano del cónyuge de ego.

Medios-concuñadosEditar

El medio-concuñado es el esposo de la media-hermana del cónyuge de ego. La media-concuñada es la esposa del medio-hermano del cónyuge de ego.

ConsuegrosEditar

Los términos consuegro o consuegra designan al padre y la madre del yerno o nuera de ego.

CuñadastrosEditar

El cuñadastro o cuñadastra es el hermanastro o hermanastra del cónyuge o el cónyuge del hermanastro o hermanastra de ego.

ConcuñadastrosEditar

El concuñadastro o concuñadastra es el cónyuge del hermanastro o hermanastra del cónyuge de ego.

Primos políticos políticosEditar

El primo político político es el esposo de la prima del cónyuge de ego. La prima política política es la esposa del primo del cónyuge de ego.

ConsuegrastrosEditar

Los términos consuegrastro o consuegrastra designan al padre y la madre del yernastro o nuerastra de ego.

Sobrinos políticos políticosEditar

El sobrino político político es el esposo de la sobrina del cónyuge de ego. La sobrina política política es la esposa del sobrino del cónyuge de ego.

Yernastros y nuerastrasEditar

El yernastro es el esposo de la hijastra de ego. La nuerastra es la esposa de lo hijastro de ego.

Adoptantes políticosEditar

  • Forma de parentesco: por adopción.
  • Línea de parentesco: recta ascendente.
  • Grado de parentesco: primero.

El adoptante político es el adoptante del cónyuge de ego. La adoptante política es la adoptante del cónyuge de ego.

Perhijados políticosEditar

El perhijado político es el esposo de la perhijada de ego. La perhijada política es la esposa del perhijado de ego.

AdoptantastrosEditar

  • Forma de parentesco: por adopción.
  • Línea de parentesco: recta ascendente.
  • Grado de parentesco: primero.

El adoptantastro es el esposo de la adoptante de ego que no es adoptante o padre de ego. La adoptantastra es la esposa del adoptante de ego que no es adoptante o madre de ego.

PerhijadastrosEditar

El perhijadastro es el perhijado del cónyuge de ego que no es perhijado o hijo de ego. La perhijadastra es la perhijada del cónyuge de ego que no es perhijada o hija de ego.

Adoptantastros políticosEditar

  • Forma de parentesco: por adopción.
  • Línea de parentesco: recta ascendente.
  • Grado de parentesco: primero.

El adoptantastro político es el adoptantastro del cónyuge de ego. La adoptantastra política es la adoptantastra del cónyuge de ego.

Perhijadastros políticosEditar

El perhijadastro político es el esposo de la perhijadastra de ego. La perhijadastra política es la esposa del perhijadastro de ego.

Parentesco inexistenteEditar

Sin parentesco

  • Forma de parentesco: no existe.
  • Línea de parentesco: no existe.
  • Grado de parentesco: no existe.
  • Ascendientes de los cónyuges de los parientes colaterales.
  • Parientes colaterales de los cónyuges de los parientes colaterales.
  • Ascendientes de los descendientes políticos (excepto los suegros de los hijos = consuegros).
  • Parientes colaterales de los descendientes políticos.
  • Ascendientastros de los cónyuges de los parientes colaterales.
  • Cónyuges de los parientes colaterales de los cónyuges de los parientes colaterales.
  • Ascendientastros de los descendientes políticos (excepto los suegrastros de los hijos = consuegrastros).
  • Cónyuges de los parientes colaterales de los descendientes políticos.
  • Ascendientes de los cónyuges de los parientes colaterales de los cónyuges.
  • Parientes colaterales de los cónyuges de los parientes colaterales de los cónyuges.
  • Ascendientes de los descendientastros políticos (excepto los suegros de los hijastros = consuegrastros).
  • Parientes colaterales de los descendientastros políticos.
  • Ascendientastros de los cónyuges de los parientes colaterales de los cónyuges.
  • Cónyuges de los parientes colaterales de los cónyuges de los parientes colaterales de los cónyuges.
  • Ascendientastros de los descendientastros políticos.
  • Cónyuges de los parientes colaterales de los descendientastros políticos.
  • Nuevos cónyuges de los viudos (no biológicos) de los parientes.
  • Parientes de los nuevos cónyuges de los viudos (no biológicos) de los parientes.
  • Cónyuges de los parientes de los nuevos cónyuges de los viudos (no biológicos) de los parientes.
  • Nuevos cónyuges de los viudos (no biológicos) de los parientes de los cónyuges.
  • Parientes de los nuevos cónyuges de los viudos (no biológicos) de los parientes de los cónyuges.
  • Cónyuges de los parientes de los nuevos cónyuges de los viudos (no biológicos) de los parientes de los cónyuges.
  • Ausencia de todo tipo de parentesco.

Casos notablesEditar

Puesto que el intervalo estándar entre dos generaciones humanas es en la actualidad de cerca de treinta años,[3]​ resulta extremadamente difícil que una persona conozca en vida a sus trastatarabuelos, ya que, para que ello fuera posible, tendría que tener alrededor de 150 años de edad. Ahora bien, tampoco es imposible: en una sociedad con un intervalo intergeneracional de veinte años, habitual en comunidades antiguas y en algunas culturas actuales, se puede llegar a ser trastatarabuelo con cien años de edad. (También es cierto que, por lo general, precisamente, la esperanza de vida en ellas no es muy alta). De hecho, existen casos documentados, como los de:

  • Henry Allingham, veterano de la Primera Guerra Mundial, que conoció en vida al hijo de uno de sus tataranietos (relación de parentesco que en español recibe el nombre de chozno)[4]​.
  • Elizabeth Bolden, supercentenaria estadounidense que a su muerte, a la edad de 116 años, había tenido 7 hijos, 40 nietos, 75 bisnietos, 150 tataranietos, 220 trastataranietos y 75 pentanietos (o sea, que sus nietos, algunos ya casi octogenarios cuando Elisabeth aún vivía, tenían ya entre todos 75 tataranietos).

Véase tambiénEditar

ReferenciasEditar

  1. "Cónyuge" m. y f., RAE
  2. Salazar y Acha, Jaime (2006). Manual de genealogía española. Madrid: Ediciones Hidalguía. p. 115. 
  3. «El embarazo después de los 45 años - Infobae.com». Consultado el 2009. 
  4. ASALE, RAE-. «chozno, chozna | Diccionario de la lengua española». «Diccionario de la lengua española» - Edición del Tricentenario. Consultado el 15 de julio de 2022.