Funcionario de prisiones

encargado de supervisar la seguridad y el buen funcionamiento de los reclusos
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Un funcionario de prisiones es un funcionarios encargado de supervisar la seguridad y el buen funcionamiento de los reclusos en el sistema penitenciario de cada país.

Vigilancia interior

Entre las funciones del funcionario de prisiones, así como de los celadores de prisiones militares, figuran la vigilancia y el cuidado de los presos, apostándose en lugares estratégicos del recinto como accesos o puestos de vigilancia o a través de los monitores de las cámaras de vigilancia. El funcionario se encarga de encerrar a los presos en sus celdas y permitir que salgan en los tiempos de ocio previstos. Registra las celdas e internos en busca de drogas o armas. Los funcionarios de instituciones penitenciarias también tienen entre sus cometidos el mantener el orden en el interior de los centros penitenciarios evitando posibles intentos de evasión o violencia de los internos, evitando daños de los internos a sí mismos, a otras personas o cosas y haciendo cumplir las normas de régimen interior para una adecuada convivencia.

Puede requerir ayuda médica para alguno de los encarcelados, o proporcionarla. También realizan labores dentro de las instalaciones del centro penitenciario: biblioteca, talleres, etc. Registra a los internos a su llegada a la cárcel, realiza su identificación así como la tramitación de sus expedientes penitenciarios y judiciales. El funcionario de prisiones puede ocuparse de distribuir algunos de los bienes comprados por los presos, como tabaco o chocolatinas.[1]​ Del mismo modo, participan en las tareas de tratamiento penitenciario,[2]​ reeducación y reinserción social, y en todo tipo de tareas administrativas y burocráticas en el ámbito penitenciario.

España editar

En España se integran en los Cuerpos de Funcionarios de Instituciones Penitenciarias y dependen de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias que actualmente se integra en el organigrama del Ministerio del Interior (anteriormente se integraba en el Ministerio de Justicia).

Las cárceles militares, que están integradas en el organigrama del Ministerio de Defensa dentro de la Subsecretaria de Defensa, son instituciones penitenciarias que se rigen, además de por las mismas leyes que las prisiones civiles, por otro específico de la jurisdicción militar, el Reglamento Penitenciario Militar.[3]​ El servicio de vigilancia interior de estas prisiones está encomendado a los celadores de prisiones militares, que, a diferencia de lo que ocurre en las cárceles civiles, no son funcionarios sino personal laboral (técnicos superiores).

El puesto de funcionario de prisiones o de celador de prisiones, en el ámbito militar, puede constituir una actividad peligrosa. En concreto, en España los funcionarios, no sólo los que han estado a cargo de presos de ETA, han recibido amenazas y han sufrido atentados a cargo de la banda terrorista. A partir de 1989, los funcionarios se convirtieron en objetivo específico de ETA a través de un comunicado emitido por la banda. A partir de ese año, fueron asesinados en España seis funcionarios y secuestrado uno de ellos. El secuestro de José Antonio Ortega Lara en 1996 fue especialmente dramático y llegó a conmocionar al país. Ortega Lara estuvo en poder de la banda durante 532 días. Los terroristas lo tuvieron encerrado en un zulo insalubre y sin luz natural hasta que fue rescatado por la Guardia Civil.[4]

Referencias editar

  1. Descripción puesto de trabajo de funcionario penitenciario (inglés)
  2. Alerta Digital (8 de enero de 2020). «La función y responsabilidad del derecho penitenciario». Consultado el 30 de enero de 2019. 
  3. «BOE.es - Documento consolidado BOE-A-2017-1677». www.boe.es. Consultado el 21 de agosto de 2020. 
  4. «Informe sobre funcionarios de prisiones». Archivado desde el original el 8 de septiembre de 2008. Consultado el 21 de noviembre de 2008.