Especies, cuerpos ciertos o cosas específicas, son aquellas determinados por sus caracteres propios que la distinguen de todas las demás de igual género.

La importancia de esta determinación, se ve especialmente en el tema relativo al riesgo (que sucede cuando una cosa se pierde por caso fortuito o fuerza mayor).

Hay diferentes soluciones, pero por lo general, si una cosa es de género, ellas no perecen, por tanto, si hay otros entes del género, la obligación se tiene que cumplir.El riesgo es de cargo del deudor, por eso, se pone el riesgo a cargo del acreedor.

En el caso de un bien raíz, consiste en que el objeto de compra se delimita con su señalamiento, independientemente de los metros que tenga, o sea, que se compra una propiedad determinada y no una cantidad de metros cuadrados.