Custodia compartida

situación legal mediante la cual ambos progenitores ejercen la custodia legal de sus hijos menores de edad en igualdad de condiciones

La custodia compartida o tenencia compartida es la situación legal mediante la cual, en caso de separación matrimonial o divorcio, ambos progenitores ejercen la custodia legal de sus hijos menores de edad, en igualdad de condiciones, de derechos y deberes sobre ellos.[1]​ No se debe confundir la custodia o tenencia legal con la patria potestad. En el caso de custodia o tenencia no compartida, y salvo casos excepcionales, los progenitores siguen teniendo los dos la patria potestad sobre los hijos. Este tipo de custodia la establece, en su caso, el juez, en la sentencia que dicte las medidas aplicables a la separación o divorcio.

En Argentina la ley y la jurisprudencia establecen el cuidado compartido de los hijos a partir del nuevo Código Civil y Comercial.[2]

En Chile se sancionó en 2013 la ley Ley 20680.

Un estudio del Insitut Interuniversitari d'Estudi de Dones i Gènere, sobre la custodia compartida en casos en que la pareja se separa teniendo una mala relación, analiza la repercusión que tales situaciones pueden tener sobre el bienestar de los hijos y concluye que son pocos los casos, en Cataluña, en los que el padre solicita la custodia de sus hijos.[3]

El Movimiento por los derechos de los padres reclama que las leyes apoyen la custodia compartida, y denuncian sesgos que consideran ginocéntricos de muchos Juzgados de Familia, que terminan segregando el ejercicio de la paternidad a la manutención y a las visitas. En Uruguay, con el apoyo de fundaciones de padres apartados de sus hijos tras el divorcio, se presentó en el año 2021 un proyecto de ley para afrontar esta situación, con el objetivo de fomentar la "equidad de tiempo" en el cuidado de los hijos, y promover una tenencia compartida entre ambos progenitores.[4][5]

Véase también editar

Referencias editar

  1. Aracil Boned, Germán (2009). custodiacompartida.org, ed. «Custodia compartida». Consultado el 13 de diciembre de 2009. 
  2. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Código Civil. Argentina. Art. 206. 
  3. Belvehi Oliver, Gemma (septiembre de 2013). «Els efectes de la custódia compartida en casos de dones víctimes de violència de gènere». Institut universitari d'esdudis de dones i de Gènere (en catalán). Consultado el 14 de junio de 2016. 
  4. «La foto del presidente en apoyo a la tenencia compartida de hijos». subrayado.com.uy. Consultado el 15 de enero de 2022. 
  5. ElPais. «Avanza la ley de tenencia compartida: qué se descartó y cuáles fueron los últimos cambios». Diario EL PAIS Uruguay. Consultado el 15 de enero de 2022. 

Bibliografía editar

  • Grosman, Aída (2006). Kemelmajer de Carlucci; Pérez Gallardo, Leonardo, eds. El cuidado compartido de los hijos después del divorcio o separación de los padres: ¿Utopía o realidad posible?. Nuevos perfiles del Derecho de Familia. Rubinzal Culzoni. ISBN 978-950-727-753-5.