Espacios naturales de la provincia de Guadalajara

La provincia de Guadalajara, dada su amplia y variada realidad geográfica, reúne en su territorio diversas condiciones climáticas, ya que se localiza en la zona de transición entre el clima atlántico y el mediterráneo, que propicia el desarrollo de comunidades vegetales muy dispares (301.360 ha de masa arbolada, un 24,7% de la superficie provincial),[1]​ que conforman ricos y variados ecosistemas donde la fauna es abundante y variada. Esta variedad y abundancia de ecosistemas bien conservados, favorecido por la despoblación sistemática, ha permitido la creación de una red de espacios naturales bajo varias formas de protección que se localizan por toda la provincia.

Espacios naturales protegidos.

Espacios protegidos editar

 
Parque natural del Alto Tajo.
 
Cañón del río Dulce.
 
Hayedo de Tejera Negra (Parque natural de la Sierra Norte).

La comunidad de Castilla-La Mancha, ha creado en la provincia, una red de espacios naturales protegidos, que según su importancia se denominan de diversas maneras y con variados grados de protección.[2]

Parques naturales editar

Los parques naturales[3]​ son áreas, poco transformadas por la ocupación o explotación humana, que en razón a la belleza de su paisaje, la representatividad de sus ecosistemas o la singularidad de su flora y fauna o de sus formaciones geomorfológicas, poseen unos valores ecológicos, estéticos, educativos y científicos que merecen una conservación preferente.[4]

En los parques naturales se podrán limitar el aprovechamiento de los recursos naturales, y se facilitara la entrada de visitantes. En la provincia de Guadalajara, la comunidad autónoma ha declarado tres parques naturales.

FIGURA NOMBRE ÁREA SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
Parque natural Alto Tajo
97.834,56
105.721,00
Parque natural Barranco del Río Dulce
8.347,95
8.481,00
Parque natural Sierra norte de Guadalajara
117.898
117.898

Reservas naturales editar

 
Vista de las Lagunas de Puebla de Beleña.

Las reservas naturales son espacios, que tienen la finalidad de la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos que por su rareza, fragilidad, importancia o singularidad merecen una valoración especial.

En el interior de los parques naturales, se limita la explotación de recursos, salvo en aquellos casos en que la explotación sea compatible con la conservación. Con carácter general está prohibida la recolección de material biológico o geológico, salvo para investigación o razones educativas.

FIGURA NOMBRE ÁREA SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
Reserva Natural Lagunas de Puebla de Beleña
192,45
191,00

Para la declaración de los Parques y reservas, la ley exige[5]​ la elaboración y aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN), de la zona, aunque[6]​ excepcionalmente se podrán declarar, sin la previa aprobación del Plan, cuando existan razones que lo puedan justificar, tramitándose en el plazo de un año a partir de la de la declaración de Parque. Las reservas naturales son espacios, que tienen la finalidad de la protección de ecosistemas, comunidades o elementos biológicos que por su rareza, fragilidad, importancia o singularidad merecen una valoración especial.

En el interior de los parques naturales, se limita la explotación de recursos, salvo en aquellos casos en que la explotación sea compatible con la conservación. Con carácter general está prohibida la recolección de material biológico o geológico, salvo para investigación o razones educativas.

Monumentos naturales editar

 
Tetas de Viana.

Los Monumentos naturales son espacios o elementos de la naturaleza de notoria singularidad, rareza o belleza. Se consideran también las formaciones geológicas, los yacimientos paleontológicos y demás elementos que reúnan un ínteres especial por la singularidad o importancia de sus valores científicos, culturales o paisajísticos.[7]

FIGURA NOMBRE ÁREA SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
Monumento Natural Sierra de Pela y Laguna de Somolinos
789,86
790,00
Monumento Natural Serrezuela de Valsalobre
10,37
734,50
Monumento Natural Sierra de Caldereros
2.384,92
2.368,04
Monumento Natural Tetas de Viana
115,63
115,63

Reserva fluvial editar

Las reservas fluviales, son aquellos espacios naturales de carácter lineal que contienen ecosistemas dependientes de ríos o arroyos, de régimen permanente o estacional, que es necesario proteger por el grado de conservación, la singularidad o la importancia global de su biocenosis o por la presencia notable de especies de fauna o flora amenazada o de hábitat raros.

La recolección de material biológico o geológico, está prohibida de forma general.

FIGURA NOMBRE ÁREA SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
Reserva Fluvial Río Pelagallinas
362,28
362,28
Reserva Fluvial Sotos del Tajo en Zorita de los Canes, Pastrana y Yebra
121,31
121,31

Microrreserva editar

 
Vista de los saladares de Imón.

Las microrreservas son espacios naturales de pequeño tamaño que contienen hábitat raros, o bien conforman el hábitat de especies de fauna o flora amenazadas, siendo especialmente importante su protección estricta. Las microreservas pueden estar incluidas, bajo otras denominaciones más amplias.

FIGURA NOMBRE ÁREA SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
Microrreserva Cueva de la Canaleja
0,89
0,89
Microrreserva Cerros volcánicos de La Miñosa
97,04
97,00
Microrreserva Prados húmedos de Torremocha del Pinar
22,40
11,00
Microrreserva Cerros Margosos de Pastrana y Yebra
68,46
68,00
Microrreserva Cueva de los Murciélagos
0,57
0,57
Microrreserva Saladares de la cuenca del río Salado
187,75
187,76

Parajes naturales editar

Se denominan parajes naturales a los espacios cuyas características no se correspondan con las asignadas, en los apartados anteriores, en los que, en razón de su interés ecológico, paisajístico o recreativo, sea preciso que se adopten medidas especiales de protección de sus recursos naturales, de forma compatible con las actividades tradicionales y del uso público no destructivo del medio natural.

Zonas sensibles editar

Las zonas sensibles engloban, las zonas de protección designadas en aplicación de la Directiva 79/409/CEE, (ZEPAS), los lugares designados por la Directiva 92/43/CEE, (LIC), las áreas críticas de conservación de especies amenazadas, las áreas forestales, destinadas a la protección de los recursos naturales, los refugios de fauna y pesca y los corredores biológicos y zonas de posible expansión de especies amenazadas.[8]

Refugios de fauna y pesca editar
 
Atropa baetica (Belladona andaluza).
FIGURA NOMBRE ÁREA SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
Refugio de Fauna Embalse de Bolarque
276,29
428,00
Refugio de Fauna Acequilla de Henares
9,80
10,00
Refugio de Pesca Río Pelagallinas
3.268,77
19.842,19 m
Áreas críticas editar
FIGURA NOMBRE ÁREA SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
Área crítica Atropa baetica
1.079,78
3.158,00
Área crítica Delphifinium fissum ssp. sordidum
25,43
25,00
Área crítica Erodium paularense
97,00
97,04
Otras figuras de protección editar
 
Águila imperial ibérica.
FIGURAS NOMBRE ÁREA SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
Zona de dispersión Águila Imperial
84.030,24
721.136,93
Zona de importancia Águila Imperial
83.996,61
2.639.102,25
Zona de importancia Buitre negro
83.996,61
2.456.911,49
Zona de importancia Cigüeña negra
83.996,61
1.348.743,69
Zona de importancia Lince ibérico
83.996,61
1.436.669,54

Red NATURA 2000 editar

La Red Natura 2000 es una red ecológica europea formada por las Zonas de Especial Conservación (ZEC) y por las Zonas de especial protección para las aves (ZEPA). Esta red de espacios coherentes se fundamenta en la política de conservación de la naturaleza de la Comisión Europea para todos los Estados miembros de la Unión Europea con la adopción de la Directiva 92/43/CEE del 21 de mayo de 1992 relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y la Flora Silvestres, más conocida como Directiva Hábitats.[9]​ Su fin es garantizar el mantenimiento o, en su caso, el restablecimiento, en un estado de conservación favorable, de los tipos de hábitats naturales y de hábitats de las especies de que se trate en su área de distribución natural. Para ello se persigue fomentar un uso sostenible de su medio y sus recursos con el fin de garantizar el espacio a generaciones venideras.

  • Directiva de Aves 79/43/CEE, relativa a la conservación de las aves silvestres.
  • Directiva de Hábitats 92/43/CEE, relativa a la Conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestre.
Lugares de Importancia Comunitaria (LIC) editar
 
LIC de la provincia de Guadalajara.

Los Lugares de Importancia Comunitaria (LIC),[10] de la provincia de Guadalajara, son todos aquellos ecosistemas protegidos con objeto de contribuir a garantizar la biodiversidad mediante la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres en el territorio consideradas prioritarias por la directiva 92/43/CEE de los Estados miembros de la Unión Europea. Estos lugares, seleccionados por los diferentes países en función de un estudio científico, pasarán a formar parte de las Zonas de Especial Conservación, que se integrarán en la Red Natura 2000 europea.

CÓDIGO NOMBRE SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
ES0000164 Sierra de Ayllón 91.141,55 91.356,70
ES0000165 Valle y salinas del Salado 11.577,54 11.585,19
ES4230014 Serranía de Cuenca 2.211,20 185.318,00
ES4240003 Riberas del Henares 1.249,79 1.249,77
ES4240004 Rañas de Matarrubia, Villaseca y Casas de Uceda 1.315,85 1.315,86
ES4240005 Lagunas de Puebla de Beleña 210,07 210,07
ES4240007 Sierra de Pela 11.952,28 11.972,28
ES4240008 Cerros Volcánicos de Cañamares 706,45 707,00
ES4240009 Valle del Río Cañamares 1.827,40 1.827,39
ES4240012 Rebollar de Navalpotro 1.059,82 1.059,83
ES4240013 Cueva de la Canaleja 162,92 163,00
ES4240014 Quejigares de Barriopedro y Brihuega 4.380,31 4.382,00
ES4240015 Valle del Tajuña en Torrecuadrada 2.824,57 2.825,00
ES4240016 Alto Tajo 129.193,16 140.068,00
ES4240017 Parameras de Maranchón, Hoz de Mesa y Aragoncillo 49.283,50 49.442,00
ES4240018 Sierra de Altomira 17.482,01 29.493,00
ES4240019 Laderas Yesosas de Tendilla 258,98 259,00
ES4240020 Montes de Picaza 15.102,94 15.103,00
ES4240021 Riberas de Valfermoso de Tajuña y Brihuega 258,98 259,00
ES4240022 Sabinares rastreros de Alustante-Tordesillos 7.322,51 7.376,00
ES4240023 Lagunas y parameras del Señorío de Molina 6.163,33 6.163,80
ES4240024 Sierra de Caldereros 2.368,04 2.368,04
ES4240025 Barranco del Río Dulce 8.347,95 8.347,95
Zonas de especial de protección para las aves (ZEPA) editar
 
ZEPAS en la provincia de Guadalajara.

Las Zonas de especial protección para las aves (ZEPA),[11]​ son catalogadas por los Estados miembros de la Unión Europea como zonas naturales de singular relevancia para la conservación de la avifauna amenazada de extinción, de acuerdo con lo establecido en la directiva comunitaria 79/409/CEE y modificaciones subsiguientes («Directiva de Aves» de la UE).

En las zonas de protección se prohíbe o limita la caza de aves, en sus fechas y sus técnicas; se regula la posible comercialización; y los estados están obligados a actuar para conservar las condiciones medioambientales requeridas para el descanso, reproducción y alimentación de las aves. La convención parte del reconocimiento de que las aves del territorio europeo son patrimonio común y han de ser protegidas a través de una gestión homogénea que conserve sus hábitats.

CÓDIGO NOMBRE SUPERFICIE PROVINCIA (ha) SUPERFICIE TOTAL (ha)
ES0000092 Alto Tajo 181.403,83 191.254,51
ES0000094 Parameras de Maranchón, Hoz de Mesa y Aragoncillo 46.299,75 46.301,00
ES0000162 Serranía de Cuenca 2.182,74 192.461,04
ES0000163 Sierra de Altomira 17.826,51 29.831,42
ES0000164 Sierra de Ayllón 94.691,02 94.686,40
ES0000165 Valle y salinas del Salado 11.908,07 11.909,38
ES0000166 Barranco del río Dulce 8.349,82 8.347,94
ES0000167 Estepas cerealistas de la Campiña 2.494,84 2.496,65
ES0000392 Valle del Tajuña en Torrecuadrada 2.826,76 2.827,47
ES4240005 Lagunas de Puebla de Beleña 209,99 210,07
ES4240023 Lagunas y parameras del Señorío de Molina 6.156,51 6.163,80

Referencias editar

  1. Diputación de Guadalajara. Visto el 20 de enero de 2009.
  2. Espacios naturales protegidos en la provincia de Guadalajara. Visto el 20 de enero de 2009.
  3. LEY 4/1989, de 27 de marzo. BOE de 28 de marzo de 1989.
  4. LEY 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza de CCLM.
  5. Art. 15,1 Ley 4/1997
  6. Art. 15,2
  7. Art.16 Ley 4/1989 y 41/1997
  8. Ley 9/1999, de 26 de mayo, de Conservación de la Naturaleza. Visto el 27 de enero de 2009.
  9. Diario Oficial de las Comunidades Europeas. «Directiva 92/43/CEE del Consejo, de 21 de mayo, relativa a la Conservación de los Hábitats Naturales y de la Fauna y la Flora Silvestres.». Archivado desde el original el 29 de octubre de 2007. Consultado el 15 de diciembre de 2008. 
  10. Lugares de importancia comunitaria(LIC) en Castilla-La Mancha. Consultado el 11 de diciembre de 2008.
  11. Zona de especial protección para las aves en Castilla-La Mancha. Visto el 11 de diciembre de 2008.

Enlaces externos editar