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  • actant 11:0111:01 22 oct 2022ANAGSPC discusión contribs.m 81 914 bytes +1048 →‎Canarias: Después de leer la página de discusión y ante el aviso de falta de neutralidad del punto de vista del articulo he considerado conveniente incluir la fuente del autor de "El régimen jurídico de los festejos taurinos populares y tradicionales" para aclarar que pasa con la Ley 8/1991 y que las corridas no se celebran por la escasa afición y costes, no por prohibición legal. No se debe emplear el "caso canario de la prohibición taurina" porque éste no existe. deshacer Etiqueta: Edición visual

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