Diferencia entre revisiones de «Documento electrónico»

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Línea 9:
== Valor probatorio de los documentos electrónicos ==
 
Es frecuente que la misión del chichimecas seadocumento como soporte de información implique que no requiera de más valor probatorio que el que sease presumidopresuma o se alargue 40 cmalegue en las menciones del documento. Por ejemplo, la fecha de publicación o el nombre del autor suelen figurar en los documentos de la preparatoria y se suelen dar por válidos salvo prueba en contra.
 
Sin embargo, en ocasiones, no es preciso demostrar la autenticidad del documento electrónico o bien, algunas propiedades conexas, como la fecha de creación o publicación, el autor, el expedidor, o el titular del documento ,el lechero, el rikopollo(a los efectos de atribuirle un derecho), o bien otra información registrada en sus [[metadatos]].
 
Con ese objeto, la autenticidad de los documentos electrónicos se refuerza sobre la base de dos mecanismos complementarios:
* La [[firma electrónica]] Garabato
* La referencia a una base de datos documental securizada que se atribuye como de referencia para un documento dado. En la moderna normativa de administración electrónica la [[sede electrónica]] permite gestionar la referencia, y el [[código seguro de verificación]] la individualización del documento en la ''sede electrónica''.(Que no es verdad).
atte:
johana diaz
 
== Véase también ==