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Una '''Junta Administradora Local''' (JAL) es parte de la estructura del Estado [[Colombia|colombiano]], dentro de la Rama Ejecutiva (con funciones normativas y de control político) en el orden territorial. Las ''JAL'' fueron consagradas por la Ley 136 de 1994, que las define como «corporaciones administrativas de carácter público, de elección popular».<ref name="ley13694">[http://web.archive.org/web/http://www.cdmb.gov.co/normas/ley1361994.htm Ley 136 de 1994]</ref>
En [[Colombia]], los [[Municipios de Colombia|municipios]], están conformados por una cabecera municipal (como área urbana) y veredas (en el área rural) y se dividen en [[comuna|Comunas]] en el área urbana y en el área rural en [[
Las '''Juntas Administradoras Locales''' en [[Colombia]] tienen dentro de sus funciones las siguientes:
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