Diferencia entre revisiones de «Educación preescolar»
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{{AP|Educación infantil}}
La [[Ley Orgánica de Educación (España)|Ley Orgánica]] 2/2006 de Educación (LOE), recoge en el Artículo 12 los principios generales de la Educación Infantil.
Estructura: dos ciclos educativos de tres cursos académicos cada uno, que se denominan:▼
* primer ciclo (0 a 3 años).▼
1. La educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años de edad.
* segundo ciclo (3 a 6 años).▼
2. La educación infantil tiene carácter voluntario y su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños.
3. Con objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en esta etapa, los centros de educación infantil cooperarán estrechamente con ellos.
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=== Guatemala ===
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[[Categoría:Grados académicos]]
* Ley Orgánica de Educación.[https://www.boe.es/buscar/pdf/1999/BOE-A-1999-21567-consolidado.pdf]
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