Diferencia entre revisiones de «Desalojo»

Contenido eliminado Contenido añadido
Semibot (discusión · contribs.)
m Bot: Fechar plantilla Referencias adicionales
Sanbec (discusión · contribs.)
Línea 3:
 
== Desalojo en España ==
En el [[Derecho español]], el desalojo o lanzamiento no se encuentra regulado de forma explícita en su modo de proceder, si bien es costumbre que éste se lleve a cabo, bajo mandato del juez, por una Comisión Judicial compuesta por un funcionario que actúa como su representante y que ejecuta el acto y por otro funcionario que lo documenta, levantando una acta del mismo conocida como [[Diligencia procesal|Diligencia]] de Lanzamiento.
 
Al lanzamiento suelen acudir acompañando a la comisión judicial, la fuerza pública, un cerrajero y el demandante o su representante, constituyéndose todos en el domicilio del lanzado, el cual es requerido de desalojo y si este se niega a verificarlo se procede al mismo por la fuerza y a su costa, pudiéndose declarar legalmente abandonados todos los bienes del lanzado que se encuentren en interior del domicilio objeto del mismo.