Diferencia entre revisiones de «Cosa juzgada»

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La '''cosa juzgada''' (del [[latín]] ''res iudicata'') es el efecto impeditivo que, en un proceso judicial, ocasiona la preexistencia de una [[sentencia judicial]] firme dictada sobre el mismo objeto. Es firme una sentencia judicial cuando en derecho no caben contra ella [[recurso procesal|medios de impugnación]] que permitan modificarla. Este efecto impeditivo se traduce en el respeto y subordinación a lo decidido sobre lo mismo, en un [[juicio]] anterior. Por ello también se le define como la fuerza que atribuye el [[derecho]] a los resultados del [[proceso jurisdiccional|proceso]]. Habitualmente se utiliza como un medio de defensa frente a una nueva [[demanda judicial|demanda]] planteada sobre idéntico objeto que lo fue de otra controversia ya sentenciada, y que le cierra el paso.
 
== Significado jurídico == holaaa perro me gustas llamamwe soy jose luis vendo
'''Res judicata''' es una expresión [[latino|latina]], del ámbito [[jurídico]], que literalmente traducida significa «cosa juzgada». Su significado, no obstante, es más profundo aún, llega más lejos, en cuanto que es definitorio del «valor de la jurisprudencia» en el sistema del [[derecho continental]], y enlaza con importantes principios jurídicos, tales como el de [[seguridad jurídica]] o el de [[certeza del derecho]].