Diferencia entre revisiones de «Diputación del General del Principado de Cataluña»
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a) El Diputado eclesiástico. Era el diputado del brazo eclesiástico. El representante o diputado del Brazo eclesiástico por su preeminencia protocolaria, y sólo bajo este concepto, presidía las reuniones del conjunto de diputados y oyentes. Siempre que no figure algún miembro de la familia real, que en este caso le correspondería la preeminencia. Hay que mencionar, que el consistorio era colegiado y el término de Presidencia, como se entiende hoy en día, es un concepto contemporáneo. Siguiendo este criterio, entre los miembros del "Brazo Eclesiástico", se ha considerado como presidente al diputado con un cargo eclesiástico superior. Así es que el primer diputado presidente, designado por las Cortes Catalanas de 1358-1359, fue [[Berenguer de Cruïlles]] que era el diputado del brazo eclesiástico de más alto rango.
b) El Consistorio. Formado por
c) Diputados locales: los delegados de los diputados de la Diputación del General en ciudades y villas del Principado.<ref>{{Cita libro|apellidos=Sánchez de Movellán Torent|nombre=Isabel|enlaceautor=|título=La Diputació del General de Catalunya (1413-1479)|url=https://books.google.es/books?id=ZOn5mac3WOcC&pg=PA215&dq=&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwj4z4PVkuDPAhUL1xQKHYYnCikQ6AEIHzAA#v=onepage&q&f=false|año=|fecha=2004|editorial=Institut d'Estudis Catalans|isbn=9788472837508|editor=|ubicación=|página=215|idioma=ca|capítulo=}}</ref>
d) Oficiales como asesores jurídicos, escribano mayor, síndico, abogado mayor, racional, procurador del General, junto con escribientes, guardias, porteros, veedores, contadores, etc.
== Listado de diputados eclesiásticos de la Diputación del General hasta el siglo XVIII ==
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