Diferencia entre revisiones de «Embargo»
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Ante la posibilidad de que el condenado al pago de la obligación pecuniaria incumpla la condena, las autoridades judiciales tienen la [[potestad]] de ordenar el embargo de sus bienes presentes y futuros con la finalidad de hacer frente a los pagos que puedan establecerse en la futura sentencia. En el caso de bienes no monetarios, la ley prevé su liquidación previa mediante [[subasta pública]].
Es posible que una parte de los bienes del [[
Existe un caso particular de embargo llamado embargo de crédito en el que lo embargado es el derecho de cobro sobre otra persona. Se utiliza con especial frecuencia en el [[Derecho fiscal]], cuando la [[Hacienda Pública]] advierte a los deudores de un deudor tributario que los créditos a favor de este han sido embargados a favor de la Hacienda Pública.<ref>{{Cita web |autor=[[Boletín Oficial del Estado]] |título=Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación |url=http://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2005-14803 |fechaacceso=7 de marzo de 2013 |obra=Legislación consolidada |fecha=2 de septiembre de 2005}}</ref> La [[Tesorería General de la Seguridad Social]] también tiene potestad para ejercitar este tipo de embargo.<ref>{{Cita web |autor=[[Boletín Oficial del Estado]] |título=Real Decreto 1415/2004, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social |url=https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2004-11836 |fechaacceso=7 de marzo de 2013 |obra=Legislación consolidada |fecha=25 de junio de 2004}}</ref>
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