Diferencia entre revisiones de «Demarcaciones territoriales de la Ciudad de México»

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Las '''demarcaciones territoriales de la Ciudad de México''' son la base de la organización territorial de la capital de México, compuestas por el territorio designado por el marco legal, sus habitantes y autoridades.<ref>Art. 52 Constitución Política de la Ciudad de México.</ref> Sustituyen a las antiguas delegaciones desde la aprobación de la Constitución Política de la Ciudad de México en 2016.
Las '''demarcaciones territoriales de la Ciudad de México'''<ref>Capítulo II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.</ref> (antes llamadas '''delegaciones''') son 16 y cada una compone un órgano político-administrativo para el funcionamiento del [[Gobierno de la Ciudad de México]] (antes Gobierno del Distrito Federal). Se trata de divisiones territoriales y político-administrativas análogas a los municipios en los estados que, sin embargo, jurídica y administrativamente tienen grandes diferencias. Es competencia de la [[Asamblea Legislativa de la Ciudad de México]] establecer, por medio de la ''[[Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal]]'', su número, su territorio y su identificación nominativa.<ref name="EGDF">http://www.ordenjuridico.gob.mx/fichaOrdenamiento.php?idArchivo=29103&ambito=ESTATAL Art. 104 a 109</ref><ref name="LGDF">http://www.ordenjuridico.gob.mx/fichaOrdenamiento.php?idArchivo=29186&ambito=estatal Art. 9 a 12.</ref>
 
A partir del 2018, el nombre «''delegaciones''» dejará de tener validez y dejará de utilizarse. A partir de entonces se llamarán “demarcaciones territoriales”, y serán administradas por un alcalde.<ref name="DEL">http://www.forbes.com.mx/reforma-politica-el-adios-al-distrito-federal/</ref>
De acuerdo con ese documento, la Ciudad de México se subdivide en 16 demarcaciones territoriales, cuyo gobierno recae en los órganos denominados ''Alcaldías'', conformados por un alcalde y un concejo.
 
== Jefe delegacional ==