Diferencia entre revisiones de «Código de los Cánones de las Iglesias Orientales»

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El '''Código de los cánones de las Iglesias orientales''' (''CCEO) ({{lang-la|Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium''}}) es un conjunto organizado de leyes y normas que rigen para las [[Iglesias católicas orientales]]. Fue promulgado en [[latín]] por el papa [[Juan Pablo II]] el 18 de octubre de [[1990]] mediante el documento ''Sacri Canones''<ref>''AAS''82 (aunque1990) pp. 1033-1063</ref> y conentró aplicaciónen desdevigencia el 1 de octubre de [[1991]]).<ref>Dr. Thomas Kuzhinapurath, ''Salvific Law: Salvific Character of CCEO, An Historical Overview'', Malankara Seminary Publications, Trivandrum, 2008, p.79</ref>
 
== Características generales ==
Al tiempo que se notaba la necesidad de una colección de la legislación eclesiástica en la Iglesia latina se comenzó también a requerir un trabajo semejante para la legislación relacionada con la liturgia y disciplina de las Iglesias orientales. Así el patriarca [[Iglesia Greco-Católica Melquita|melquita]], [[Gregorio II Yussif]] solicitó, con motivo de la celebración del [[Concilio Vaticano I]], una revisión del derecho vigente para esas iglesias, pero no se pudo llevar a cabo por la oposición existente a la realización de un código separado del de la Iglesia latina. Entonces las propias iglesias orientales comenzaron a organizar sus propias colecciones: la [[Iglesia greco-católica rumana|iglesia rumana]] desde 1872 a 1900), la [[Iglesia católica siria|siria]] (1888), la [[Iglesia católica bizantina rutena|rutena]] (1891), la [[Iglesia católica copta|copta]] (1898) y la [[Iglesia católica armenia|armenia]] (1911).
 
Está dividido en 30 títulos y tiene un total de 1546 cánones.<ref>Pete Vere & Michael Trueman, "Surprised by Canon Law, Vol. 2" (Cincinnati, Ohio: Servant Books, 2007); p. 123</ref> Los 6 primeros cánones son preliminares y preceden a los capítulos:
Desde [[1926]], tras el impulso dado anteriormente por [[Benedicto XV]] con la creación de la ''[[Congregación para las Iglesias Orientales]]'', se retomó la idea y se solicitó al papa [[Pío XI]] que la llevara a cabo. Este en [[1929]] formó un consejo para la elaboración de este código. Ese mismo año tal «consejo» se convirtió en comisión: ''Commissio cardinalitia pro studiis praeparatoriis Codificationis Orientalis'' con un grupo de expertos y consultores. En 1935 fue renombrada: ''Pontificia Commissio ad Redigendum Codicem Iuris Canonici Orientalis''. Fue Pío XI quien se opuso más firmemente a la idea de unificar las normas y dejar solo la parte litúrgica distinta en las Iglesias orientales, aun cuando los miembros de la comisión deseaban usar como base el código de derecho canónico de 1917.
 
{{cita|''CANONES PRAELIMINARES''<br/>''Can. 1 - Canones huius Codicis omnes et solas Ecclesias orientales catholicas respiciunt, nisi, relationes cum Ecclesia latina quod attinet, aliud expresse statuitur''.<br/> ''Can. 2 - Canones Codicis, in quibus plerumque ius antiquum Ecclesiarum orientalium recipitur vel accommodatur, praecipue ex illo iure aestimandi sunt''.<br/> ''Can. 3 - Codex, etsi saepe ad praescripta librorum liturgicorum se refert, de re liturgica plerumque non decernit; quare haec praescripta sedulo servanda sunt, nisi Codicis canonibus sunt contraria''.<br/> ''Can. 4 - Canones Codicis initas aut approbatas a Sancta Sede conventiones cum nationibus aliisve societatibus politicis non abrogant neque eis derogant; eaedem idcirco perinde ac in praesens vigere pergent contrariis Codicis praescriptis minime obstantibus''.<br/> ''Can. 5 - Iura quaesita itemque privilegia, quae a Sede Apostolica ad haec usque tempora personis physicis vel iuridicis concessa in usu sunt nec revocata, integra manent, nisi Codicis canonibus expresse revocantur''.<br/> ''Can. 6 - Codice vim obtinente: 1° abrogatae sunt omnes leges iuris communis vel iuris particularis, quae sunt canonibus Codicis contrariae aut quas materiam respiciunt in Codice ex integro ordinatam; 2° revocatae sunt omnes consuetudines, quae canonibus Codicis reprobantur aut quae eis contrariae sunt nec centenariae vel immemorabiles''.}}
A fines de la [[Segunda Guerra Mundial]] la comisión había logrado completar un esquema con 2.666 cánones de los cuales 1.590 fueron promulgados hasta [[1957]]. Sin embargo, la celebración del [[Concilio Vaticano II]] hizo cesar toda labor. El problema de mantener un solo código para toda la Iglesia católica volvió a surgir y no se despejó hasta [[1972]] en que el papa [[Pablo VI]] formó una nueva comisión, la ''Pontificia Commissio C.I.C. Orientali recognoscendo''. Esta comisión fue elaborando las diversas partes del código y haciéndolas revisar por las mismas iglesias y universidades pontificias. Los trabajos se prolongaron hasta [[1988]] en que la comisión entregó el texto que consideraba definitivo al papa [[Juan Pablo II]], quien todavía lo hizo revisar por otros expertos antes de aprobarlo y promulgarlo en 1990.
 
El código tiene fuerza obligatoria solo para los fieles de las Iglesias católicas orientales ''sui iuris'' (actualmente 23 Iglesias), aunque en ciertos casos también compromete a la Iglesia latina.
 
== Historia de su redacción ==
 
Al tiempo que se notaba la necesidad de una colección de la legislación eclesiástica en la Iglesia latina se comenzó también a requerir un trabajo semejante para la legislación relacionada con la liturgia y disciplina de las Iglesias orientales. Así el patriarca [[Iglesia Grecogreco-Católicacatólica Melquitamelquita|melquita]], [[Gregorio II Yussif]] solicitó, con motivo de la celebración del [[Concilio Vaticano I]] (1869-1870), una revisión del derecho vigente para esas iglesiasIglesias, pero no se pudo llevar a cabo por la oposición existente a la realización de un código separado del de la Iglesia latina. El papa [[León XIII]] (1878-1903) en la carta apostólica ''Orientalium dignitas'', hizo hincapié en el interés por aclarar la situación legal de las Iglesias orientales católicas. Entonces las propias iglesiasIglesias orientales comenzaron a organizar sus propias colecciones: la [[Iglesia greco-católica rumana|iglesiaIglesia rumana]] desde 1872 a 1900), la [[Iglesia católica siria|siria]] (1888), la [[Iglesia católica bizantina rutena|rutena]] (1891), la [[Iglesia católica copta|copta]] (1898) y la [[Iglesia católica armenia|armenia]] (1911).
 
Desde [[1926]], tras el impulso dado anteriormente por el papa [[Benedicto XV]] con la creación de la ''[[Congregación para las Iglesias Orientales]]'', se retomó la idea y se solicitó al papa [[Pío XI]] que la llevara a cabo. Este en [[1929]] formó un consejo para la elaboración de este código. Ese mismo año tal «consejo» se convirtió en comisión: de cardenales ''Commissio cardinalitia pro studiis praeparatoriis Codificationis Orientalis'' con un grupo de expertos y consultores., Enpara 1935la fuecodificación renombrada:de ''Pontificiatoda Commissiola ad Redigendum Codicem Iuris Canonici Orientalis''. Fue Pío XI quien se opuso más firmementeley a laque ideaestas deIglesias unificarestán lassujetas. normasLa ypresidencia dejarfue soloconfiada laal partecardenal litúrgica[[Pietro distinta en las Iglesias orientalesGasparri]], aunque cuandoya loshabía miembros de la comisión deseaban usar como basecompletado el códigoCódigo de derechoDerecho canónicoCanónico de 1917.
 
En 1935 la comisión fue renombrada ''Pontificia Commissio ad Redigendum Codicem Iuris Canonici Orientalis''. Fue Pío XI quien se opuso más firmemente a la idea de unificar las normas y dejar solo la parte litúrgica distinta en las Iglesias orientales, aun cuando los miembros de la comisión deseaban usar como base el código de derecho canónico de 1917.
 
Del borrador del código elaborado en 1935, a fines de la [[Segunda Guerra Mundial]] la comisión había logrado completar un esquema con 2666 cánones y en 1948 propuso un primer proyecto, pero el papa Pío XII con 4 ''motu proprio'' promulgó sucesivamente solo 1590 cánones en 1949, 1950, 1952 y 1957:
 
* ''Crebrae allatae sunt'' (ley matrimonial) (22 de febrero de 1949), AAS 41 (1949) 89-119.
* ''Sollicitudinem Nostram'' (ley procesal) (6 de enero de 1950), AAS 42 (1950) 5-120.
* ''Postquam Apostolicis Litteris'' (monjes, propiedad, fechas) (9 de noviembre de 1952), AAS 44 (1952) 65-152.
* ''Cleri sanctitati'' (derecho personal) (2 de junio de 1957), AAS 49 (1957) 433-603.
 
La celebración del [[Concilio Vaticano II]] hizo cesar toda labor. El 21 de noviembre de 1964 el papa [[Pablo VI]] promulgó el decreto ''Orientalium Ecclesiarum'' del Concilio Vaticano II, que proclamó los mismos derechos y la misma dignidad para cualquier rito o Iglesia particular en la Iglesia católica, logrando una nueva apreciación de la tradición de las Iglesias orientales.
 
El problema de mantener un solo código para toda la Iglesia católica volvió a surgir y no se despejó hasta el 10 de junio de [[1972]] en que el papa Pablo VI en conexión con las recomendaciones del Concilio Vaticano II formó una nueva comisión, la ''Pontificia Commissio C.I.C. Orientali recognoscendo''. Esta comisión comenzó su trabajo en 1974 y fue elaborando las diversas partes del código y haciéndolas revisar por las mismas Iglesias y universidades pontificias, publicando su trabajo entre 1975 y 1990 en su propia revista.
 
El 25 de enero de 1983 fue promulgado el [[Código de Derecho Canónico]] por Juan Pablo II para la Iglesia latina. Los trabajos se prolongaron hasta [[1988]] en que la comisión entregó el texto que consideraba definitivo al papa Juan Pablo II, quien todavía lo hizo revisar por otros expertos antes de aprobarlo y promulgarlo en 1990.
 
En 1998 el papa Juan Pablo II emitió el ''[[motu proprio]]'' ''Ad Tuendam Fidem'',<ref>{{cite web|url=http://www.vatican.va/holy_father/john_paul_ii/motu_proprio/documents/hf_jp-ii_motu-proprio_30061998_ad-tuendam-fidem_en.html|title=Ad Tuendam Fidem (18 May 1998) - John Paul II|website=Vatican.va|accessdate=8 July 2018}}</ref> que enmendó dos cánones (598 y 1436).
 
== Bibliografía ==
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== Enlaces externos ==
* {{la}} [http://www.intratext.com/X/LAT0758.HTM Codex canonum ecclesiarum orientalium]
* [https://web.archive.org/web/20120508220239/http://www.zenit.org/article-36842?l=spanish Hani Bakhoum Kiroulos habla sobre el código elaborado en tiempos de Pío XII]
* {{la}} [http://www.vatican.va/holy_father/john_paul_ii/apost_constitutions/documents/hf_jp-ii_apc_19901018_index-codex-can-eccl-orient_lt.html Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium]
* {{en}} [https://orthocath.files.wordpress.com/2010/01/1990_code_of_canons_of_the_eastern_churches.pdf CODE OF CANONS OF THE EASTERN CHURCHES]
 
== Referencias ==
{{listaref}}
 
{{ORDENAR:Codigo de los canones de las Iglesias orientales}}