Diferencia entre revisiones de «Audiencia Provincial (España)»

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== Secciones ==
[[Archivo:Avenida Alcalde Alvaro Domecq Jerez de la Frontera Audiencia Provincial.JPG|thumb|left|Sección octava de la [[Audiencia Provincial de Cádiz]] en [[Jerez de la Frontera]].]]
Existen casos en los que parte de las secciones de la Audiencia Provincial se encuentra en otra ciudad que no es la capital y a la que quedaquedan adscritos uno o varios [[Partido judicial (España)|partidos judiciales]], como es el caso por ejemplo de la [[Audiencia Provincial de Cádiz]] cuya sección sexta se encuentra en [[Ceuta]], la sección séptima se encuentra en [[Algeciras]] y la sección octava en [[Jerez de la Frontera]]; o la [[Audiencia Provincial de Málaga]], cuya sección séptima se encuentra en [[Melilla]] . Otros casos son: la [[Audiencia Provincial de Alicante]] cuyas secciones séptima y novena tienen sede en [[Elche]]; la sección quinta de la [[Audiencia Provincial de Murcia]] con sede en [[Cartagena (España)|Cartagena]]; la [[Audiencia Provincial de Asturias]] cuyas secciones séptima y octava se encuentran en [[Gijón]],; la [[Audiencia Provincial de La Coruña]], cuya sección sexta se encuentran en [[Santiago de Compostela]],; la [[Audiencia Provincial de Pontevedra]], con secciones quinta y sexta en [[Vigo]]; o la sección tercera de la [[Audiencia Provincial de Badajoz]], que tiene su sede en [[Mérida (España)|Mérida]].
 
== Competencias ==
===En materia civil===
# Conocen en grado de [[apelación]], segunda [[instancia]], de todos aquellos procesos civiles que se hubieren planteado en los Juzgados de Primera Instancia de su Provinciaprovincia.<br />
# De los conflictos de competencias, suscitados entre los Juzgados de Paz/Primera Instancia/Instrucción/de lo mercantil/de Violencia de Género de su provincia.
 
===En materia penal===
[[Archivo:Audiencia Provincial de Córdoba 002.JPG|thumb|[[Audiencia Provincial de Córdoba]].]]
En grado de apelación (segunda instancia):
#De los recursos de apelación interpuestos contra aquellas sentencias dictadas en los Juiciosjuicios por delitos leves de los Juzgados de Instrucción de la Provincia. (En estos casos la Audiencia se constituye en Tribunal Unipersonal).
#De los recursos de apelación interpuestos contra las sentencias dictadas por los Juzgados de lo penalPenal de la provincia donde tienen sede.
#De los recursos de apelación o queja interpuestos contra los Autosautos del Juzgado de Instrucción/penalPenal de la provincia durante la tramitación del Procedimiento del Tribunal del Jurado, Diligencias Previas y Sumarios.
#De los conflictos de competencias suscitados entre los Juzgados de Instrucción, de lo Penal o JuzgadosobreJuzgados sobre violencia sobre la mujer.
 
Además conocen y fallan:
 
De aquellos [[delito]]s que cuyo conocimiento y fallo no correspondiere a los Juzgados de lo penalPenal, siempre y cuando la instrucción se hubiere practicado por los Juzgados de Instrucción de su provincia.
 
== Véase también ==