Diferencia entre revisiones de «Poderes públicos»

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{{wikificar| Sociedad | Política |t=20120510040902}}Significa el poder al pueblo.
{{referencias|t=20140904|cat1=John Lennon power to the people|cat2=Wikipedia:Referenciar (aún sin clasificar)}}<ref>{{Cita noticia|apellidos=Navarrete Aldaco|nombre=Juan Pablo|título=El poder al pueblo|url=|fecha=|fechaacceso=|periódico=|ubicación=|página=|número=}}</ref>
 
'''Poderes públicos''' es un término utilizado en [[ciencias políticas]] para designar al conjunto de los [[poderes]] del [[Estado]], especialmente en su dimensión (la de [[Max Weber]], el [[monopolio de la violencia]]).
 
En el sentido abstracto de la expresión, se entiende ''[[poder (sociología)|poder]]'' como la facultad de mandar y ser obedecido, y ''[[sector público|público]]'' como actividad del [[Estado]]. '''Poder público''' es la capacidad que tiene el estado para [[Obligación jurídica|obligar]] a alguien a realizar un acto determinado.
 
El poder público es necesario para el funcionamiento de grupos sociales que confluyen en un espacio físico cualquiera. Se requiere de un orden y del establecimiento de reglas que permitan la convivencia humana, la cual se traduce en el ejercicio del poder.
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El poder nace como una necesidad de asegurar la convivencia humana, por lo tanto, si no hay orden y autoridad, se destruye la posibilidad de convivir y de interactuar en una sociedad capaz de alcanzar la categoría de Estado.
 
=== Poder público o Poderes públicos ===
PODER PUBLICO O PODERES PUBLICOS
# '''El Poder Ejecutivo'''
# '''El Poder Legislativo'''
# '''El Poder Judicial'''
# '''El Poder Moral o Ciudadano'''
# '''El Poder Electoral'''
 
Son el conjunto de instituciones por medio de las cuales el Estado ejerce las funciones de control en la nación, y también por medio de las mismas mantiene las relaciones con las demás naciones que conforman la comunidad internacional. Los Poderes Públicos del Estado tienen su base jurídica en el derecho que el pueblo le confiere al Estado para controlar o administrar a la nación, y para poder ejercer ese derecho necesita de una serie de órganos o entes que colaboren con la función de gobierno.
 
Dicha concepción del Estado, en un primer lugar y durante muchos años fue establecida en forma de trinomio, es decir, por medio de 3 poderes: ejecutivo, legislativo y judicial.
 
'''El Legislativo''', es quien se encarga de hacer las leyes para cierto tiempo o para siempre, y quien corrige o deroga las que están hechas. '''El Ejecutivo''', se encarga de hacer la paz o la guerra, establece la seguridad, envía y recibe embajadores y previene las invasiones; y '''El Judicial''', es quien castiga los crímenes o decide las contiendas de los particulares.
 
La primera Constitución de Venezuela de 1.811 asumió la concepción de los 3 poderes públicos, y ese sistema se mantuvo en el país hasta el año 1.999 cuando se promulga Constitución Bolivariana de Venezuela y donde se asume la propuesta del Libertador Simón Bolívar de los 5 Poderes Públicos, añadiendo a los poderes ejecutivo, legislativo y judicial, '''el Electoral''' y '''el Moral o Ciudadano'''. Con la asunción de la propuesta de Bolívar y la incorporación de los 2 nuevos poderes nacionales se crean nuevas instituciones propias de los nuevos poderes, entre las que se destaca '''La Defensoría del Pueblo'''.
 
En las naciones cuyo sistema es el democrático es imprescindible la coexistencia de una serie de Poderes que colaboren con el desarrollo del Estado. Dichos Poderes son independientes y con una función particular como lo es "la preservación de la libertad y democracia". En Venezuela los conocemos como "Poderes Públicos". Antes de la entrada en vigencia de la Constitución de 1999 eran 3 los Poderes; en la actualidad son 5:
 
== '''El Poderpoder Ejecutivo'''ejecutivo ==
La Constitución, establece que: "El Presidente o Presidenta de la República es el Jefe o Jefa del Estado y del Ejecutivo Nacional, en cuya condición dirige la acción del Gobierno". Se considera como el Jefe de Estado por haber sido elegido popularmente, y el Jefe del Ejecutivo Nacional por ser "la Autoridad Suprema del Poder Ejecutivo en Venezuela".
 
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Además de eso el Presidente de la República es el Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas Nacionales, potestad que le es conferida en el , de la Constitución Nacional.. Por esto él es considerado el Jefe del Estado y quien ejecuta a nivel nacional las decisiones por el Poder Ejecutivo.
 
'''El Presidente:''' En Venezuela la elección del Presidente de la República es realizada por medio del voto, y en forma directa. En el proceso de elección triunfará quien haya obtenido la mayoría de los votos.
 
Entre las innovaciones de La Constitución Nacional aprobada en 1.999 está la ampliación del periodo presidencial hasta por 6 años, pudiendo ser el Presidente reelegido inmediatamente y por una sola vez, para un nuevo periodo de gobierno, es decir que el Presidente en caso de ser reelegido puede gobernar por 12 años consecutivos. Es un aspecto nuevo puesto que en la Constitución de 1.961 el periodo presidencial era de 5 años, y no existía la reelección; y si algún Presidente quería aspirar a ocupar dicho cargo debía esperar 10 años para poder ser reelegido nuevamente.
 
'''Responsabilidad del Presidente:''' El Poder Ejecutivo, como ya se ha señalado, reside en el Presidente de la República. En el artículo 232 de la Constitución se establece la responsabilidad del Presidente por los actos que realice y por el cumplimiento de las obligaciones que trae consigo su cargo. De este artículo se puede entender que el Presidente debe responder como cualquier otro por sus actos, y sólo se aclara que en casos de asuntos penales le corresponde al '''Tribunal Supremo de Justicia''' juzgarlo con la debida autorización de la Asamblea Nacional.
 
Una institución nueva que establece la Constitución, lo es la figura del '''Vicepresidente de la República'''. Se puede señalar que la función más relevante del Vicepresidente es la de aliviar la tarea administrativa del Presidente de la República, así que casi tiene las mismas responsabilidades que el presidente.
 
[[Categoría:Derecho constitucional]]