Diferencia entre revisiones de «Canónico (religión)»

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El término '''canónico''' es usado por los [[teólogo]]s (de la Santa Iglesia) y los especialistas en [[Derecho canónico]] para referirse a las leyes internas de la [[Iglesia católica]], la [[Ortodoxa]] y la [[Anglicana]] aprobadas por sus jerarquías. También se refieren a las leyes desarrolladas posteriormente por las iglesias locales o [[diócesis]] de las antes mencionadas [[denominaciones cristianas]]. La función de estas colecciones de "canones" es análoga a lo establecido precedentemente sobre la base de una ley común.
 
En el [[siglo XX]], la [[Iglesia católica]] revisó en dos ocasiones su Ley Canónica, primero en [[1917]] y posteriormente en [[1981]], según se recoge en su nuevo [[Código de Derecho Canónico]]. Dicho código no es sólo una mera compilación de [[decreto papal|decretos papales]] (del papa) y de [[legislación conciliar]], sino que se corresponde más con un desarrollado cuerpo de [[leyes eclesiásticas]] a nivel internacional. Guarda cierta analogía con el sistema inglés conocido como [[ley estatutaria]].
 
Canónico también significa "parte del canon", por ejemplo, uno de los libros comprendidos en el canon bíblico recibe la denominación genérica de "[[protocanónico]]" en contraposición de los "[[deuterocanónicos]]", considerados libros [[apócrifos]] por las Iglesias [[protestantes]].