Diferencia entre revisiones de «Criterios de convergencia»

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Los '''criterios de convergencia''' (o criterios de [[Tratado_de_Maastricht|Maastricht]]) son los requisitos que deben cumplir los estados pertenecientes a la [[Unión Europea]] para ser admitidos dentro de la [[Eurozona]], y consecuentemente, para participar en el [[Eurosistema]]. Los criterios vienen establecidos en el artículo 121(1) del tratado que establece la Comunidad Europea (Tratado de la CE).<ref>{{Enlace roto|1=[http://europa.eu/eur-lex/es/treaties/dat/C_2002325ES.003301.html] {{Wayback|2url=http://europa.eu/eur-lex/es/treaties/dat/C_2002325ES.003301.html |botdate=InternetArchiveBot20060710025300 }}, Tratado que establece la Comunidad Europea</ref> En total hay cuatro criterios, el que se refiere a la estabilidad de precios, el que se refiere a las finanzas gubernamentales, el que se refiere a los tipos de cambio y por último el que hace mención a las tasas de interés a largo plazo.
 
== Criterios ==