Diferencia entre revisiones de «Bien cultural de interés nacional»
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/* Clasificación y definición{{cita web|título=LLEI 9/1993, de 30 de setembre, del patrimoni cultural català (DOGC núm. 1807, d’11.10.1993)|url=http://www20.gencat.cat/docs/msi-cultura/ANC/Documents/arxiu/llei_09_1993.pdf|fechaacceso=27 de abril de 2013|idioma=catalán|urlarchivo=https://web.archive.org/web/20131004212922/http://www20.gencat.cat/docs/msi-cultura/ANC/Documents/arxiu/llei_09_1993.pdf|fechaarchivo=4 de octubre de 2013}}{{cita web|autor=Noticias jurídicas|título=Ley 9/1993, de 30 de… |
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Línea 19:
e) '''Zona de interés etnológico''': Conjunto de vestigios, que pueden incluir intervenciones en el paisaje natural, edificios e instalaciones, que contienen en su seno elementos constitutivos del patrimonio etnológico de Cataluña.
Los bienes muebles pueden ser declarados de interés nacional singularmente o como colección.
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