Diferencia entre revisiones de «Antonio J. Benítez»

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|predecesor2= [[Gervasio Colombres]]
|sucesor2= [[Ernesto Corvalán Nanclares]]
|presidente2= [[Héctor José Cámpora]]<br />[[Juan Domingo Perón]]<br />[[María Estela Martínez de Perón]]
|escudo3= Coat of arms of Argentina.svg
|cargo3= [[Ministerio del Interior (Argentina)|Ministro del Interior de la Nación Argentina]]
Línea 33:
|fecha de fallecimiento = {{fecha|14|6|1992}} (89 años)
|lugar de fallecimiento = {{bandera|ARG}} [[Buenos Aires]], [[Argentina]]
|partido= [[Unión Cívica Radical]]<br />[[Partido Justicialista|Justicialista]]
|profesión=[[abogado]]
|almamáter= [[Universidad Nacional del Litoral]]
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== Labor legislativa ==
Luego de integrar el Gabinete, como Ministro de [[Ministerio de Justicia e Instrucción Pública|Justicia e Instrucción Pública]], junto a [[Juan Domingo Perón]], durante el gobierno del dictador [[Edelmiro J. Farrell]], Benítez encabezó la lista de diputados por la Capital Federal de la [[Unión Cívica Radical Junta Renovadora]]. En las elecciones del 24 de febrero de 1946, la fórmula presidencial Perón-Quijano, resultó victoriosa y Benítez fue electo como representante para ese distrito para el período 1946 a 1950. Dicho mandato fue prorrogado hasta el 30 de abril de 1952 por la convención constituyente de 1949, de la cual formó parte).<ref>Íbid. 4.</ref> En 1952, fue reelecto para el mismo cargo, por el período entre 1952 y 1955 . Entre 1953 y 1955 Benítez ejerció la Presidencia de la Cámara de Diputados.<ref>{{Cita web|url=https://web.archive.org/web/20110817022841/http://parlamentario.com/articulo-5655.html|título=Cámpora: 30° aniversario de su muerte|fechaacceso=8 de febrero de 2019|fecha=17 de agosto de 2011|sitioweb=web.archive.org}}</ref><ref> Mendez Costa , María Josefa, "La Filiación", Rubinal Culzoni Editores.</ref> Finalmente, fue elegido para un tercer mandato que comenzó en 1955 y que debió terminar en el año 1961, pero que quedó interrumpido en septiembre de 1955 cuando el gobierno fue derrocado por la [[Revolución Libertadora (Argentina)|Revolución Libertadora]].
 
Durante su labor como legislador, Benítez presentó importantes proyectos, que fueron aprobados, como la creación en la ciudad de Rosario la Facultad de Filosofía, Letras y Ciencias de la Educación de la Universidad Nacional del Litoral, sobre igualdad de hijos extramatrimoniales, protección de los derechos de los animales.<ref>>https://apym.hcdn.gob.ar/uploads/expedientes/pdf/1053-d-1946.pdf>>><</ref><ref>>https://apym.hcdn.gob.ar/uploads/expedientes/pdf/706-d-1953.pdf<</ref><ref>>https://apym.hcdn.gob.ar/uploads/expedientes/pdf/595-d-1954.pdf<</ref>
 
=== Igualdad de los hijos extramatrimoniales ===
La propuesta de Benítez equiparaba los hijos, hubieran nacido dentro o fuera del matrimonio y eliminaba a éste como eje de la familia lo provocó fuertes protestas tanto de la [[Iglesia católica]], como de organizaciones de laicos, entre las cuales estaban la Liga de Padres de Familia, Liga de Madres y Grupos Matrimoniales Nazaret y la Corporación de Abogados Católicos, en tanto otros manifestaban en favor de la ley.<ref>{{cita publicación|autor=De Nicolás, Diego; Banzato, Guillermo|título= "La expansión de la frontera bonaerense"|editorial= [[Universidad Nacional de Quilmes]]|lugar= Bernal|fecha= 2006}}.</ref> La supresión de las discriminaciones entre hijos, era uno de los objetivos del gobierno peronista; ([[Eva Perón]] era hija ilegítima). Benítez, presentó un proyecto de ley en ese sentido expresando al fundamentarlo que “la legislación justicialista no puede ignorar la existencia de hijos concebidos fuera del matrimonio; no puede aceptar, como lo consagra hasta hoy nuestro Código Civil que los padres puedan negar, escondiéndola su paternidad, ni puede tolerarse que se divida la descendencia humana en hijos legítimos e ilegítimos, liberando a los malos padres de sus culpas y trasladándolas a quienes no son sino sus víctimas inocentes”.<ref>{{cita publicación|autor=Fleitas Ortiz de Rozas|título= “Patria Potestad y filiación. Trámite legislativo y fuentes de su reforma”|fecha= 9 de agosto de 1985| página= 36}}.</ref>
 
==== Ley 14.346 ====
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== Actividades académicas ==
Ejerció la docencia, como profesor de [[Derecho Procesal Civil]], por concurso de la [[Universidad Nacional del Litoral]], función que desempeñó hasta ser designado profesor de Derecho de la Navegación en la [[Facultad de Derecho (Universidad de Buenos Aires)]], cargo desde el cual creó la cátedra de [[Derecho Aeronáutico]], que no existía hasta entonces en las universidades argentinas, impartiendo clases en ambas cátedras de derecho del transporte, marítimo y terrestre.<ref>http://www.derecho.uba.ar/publicaciones/libros/pdf/la-reforma-universitaria-de-1918-y-sus-antecedentes/la-libertadora-y-la-fdcs.pdf</ref>. En 1945, durante un corto período, fue comisionado como Rector de la [[Universidad de Buenos Aires]]<ref>http://www.uba.ar/institucional/contenidos.php?id=91#1943<</ref>. Fue designado Director del Instituto de Derecho Comercial de la Universidad de Buenos Aires. Fue coautor del Código Aeronáutico de la Nación.<ref>Diario del Foro, Corrientes, 28/10/1948, pág. 4.</ref>
 
== Persecuciones políticas ==
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Con insultos hacia sus personas, fueron informados que serían inmediatamente fusilados. Al preguntar las razones, fueron respondidos que era por su calidad de peronistas, y que por ello no merecían juicio previo ni defensa alguna. Los llevaron haciéndolos colocar parados de espalda contra un muro del penal y con las manos en alto. Frente a ellos se apostó un pelotón militar con sus armas en posición de tiro. Así estuvieron varias horas, en las que al parecer había órdenes y contraórdenes, hasta que al anochecer de ese día se les comunicó que la ejecución sería al día siguiente. Esa orden nunca llegó, y así salvaron sus vidas.»"<ref>{{cita web|url= http://www.senado.gov.ar/web/proyectos/verExpe.php?origen=S&tipo=PD&numexp=1345/06&nro_comision=&tConsulta=3 |editor=Senado de la Nación|título= Expediente Nº 1345/06 Texto Original Completo}}</ref>}}
 
En 1976, al producirse el golpe de estado, fue detenido y condenado sumariamente por el acta institucional N° 2, dictada por la [[Junta Militar]] del [[Proceso de Reorganización Nacional]], estuvo por dos años en la prisión militar de [[Magdalena (Buenos Aires)|Magdalena]], junto a otros políticos de su partido, hasta que obtuvo por su avanzada edad el beneficio de prisión domiciliaria, que se extendió casi hasta la reapertura democrática en los años 80.<ref>Boletin Oficial de la Reública Argentina, 5/07/1976, Resolucion N° 2/1976, </ref><ref>íbid 2.</ref>
 
== Fallecimiento ==
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== Véase también ==
* [[Peronismo]]
== Enlaces externos ==
{{commonscat}}
 
{{NF|1903|1992|Benitez, Antonio}}
 
[[Categoría:Abogados de Argentina]]
[[Categoría:Ministros de Educación de Argentina]]
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[[Categoría:Grandes cruces de la Orden de San Raimundo de Peñafort]]
[[Categoría:Juristas de Argentina]]
[[Categoría:Ministros de Justicia e Instrucción Pública de Argentina]]
[[Categoría:Profesores de la Universidad de Buenos Aires]]
[[Categoría:Profesores de la Universidad Nacional del Litoral]]