Diferencia entre revisiones de «Orden de Carlos III»

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Los tratamientos deven ser especificos, no es simplemente "Excelencia". Además, si se escriven nel masculino también se deben escribir en feminino, y si nel artículo se escribe "Ilustrísimo" también se debe escribir por una questión de uniformidad "Excelentísimo", o en vez de "Ilustrísimo" escribirse "Ilustria".
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Línea 87:
{{cita|... una cruz de oro, formada por cuatro brazos iguales, simétricos dos a dos, rematados por ocho esferas de oro, cuyo centro o llama será de esmalte azul añil, contornado por una franja de esmalte blanco. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de oro pulido. En el anverso, en exergo, sobrepuesto un óvalo de oro, orlado de esmalte azul, en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes. En el reverso, llevará, en exergo, un óvalo en cuyo centro, esmaltado en azul, con la cifra de Carlos III de oro, orlada con la leyenda «VIRTUTI ET MERITO» de oro, sobre esmalte blanco. Esta cruz irá coronada por dos ramas de laurel de oro, anudadas por un lazo de esmalte azul. Sus dimensiones máximas son de 50 milímetros de ancho por 75 milímetros de alto, incluida la corona de laurel.}}
 
Cuando no lo requieran las circunstancias, se autoriza el uso de una ''Gran- Cruz del Collar'', insignia más sencilla y que sustituye a las miniaturas que sí están autorizadas en otros grados. El tratamiento recibido por los titulares del ''Collar'' es el de «Excelencia» o «Excelentísimo» o «Excelentísima» o «Excelentísimo Señor» o «Excelentísima Señora». Los herederos de los condecorados con el ''Collar'' están obligados a su restitución al Estado tras el fallecimiento del titular.
 
=== La Gran- Cruz ===
[[Archivo:Juweel Karel III aan grootlint.jpg|thumb|200px|Banda de Caballero con la Gran- Cruz de la Orden.]]
 
Se reserva a quienes, habiendo cumplido servicios relevantes para España, fueran o hubieran sido presidentes del [[Congreso de los Diputados de España|Congreso de los Diputados]], del [[Senado de España|Senado]], del [[Tribunal Constitucional de España|Tribunal Constitucional]], del [[Consejo General del Poder Judicial]], del [[Tribunal Supremo]], [[ministro]]s u otras altas autoridades del Estado (cargo que en 2010 solo ostentan los [[Secretario de Estado de España (Administración Pública)|secretarios de Estado]]), además de todos aquellos que posean otra «Gran- Cruz» civil o militar española durante, al menos, tres años. El número máximo de Gran-Grandes Cruces está limitado a cien, sin contar las concedidas a los ministros. El reglamento describe así la distinción:
 
{{cita|Será una banda de seda, de 101 milímetros de ancho, de color azul celeste, con una franja central de color blanco de 33 milímetros de ancho. Dicha -banda se unirá en sus extremos mediante un rosetón picado, confeccionado con la misma tela que la banda, del cual penderá la venera de la Real Orden, cuyas dimensiones máximas serán de 50 por 75 milímetros. Conjuntamente con la Banda se ostentará una placa de plata abrillantada, de dimensiones máximas de 75 por 80 milímetros, formada por cuatro brazos iguales con ocho puntas rematadas por sendas semiesferas lisas, simétricos dos a dos. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de plata abrillantada. Como exergo, un óvalo en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes y, a sus pies, la cifra de Carlos III, orlada de laurel, con el lema «VIRTUTI ET MERITO», sobre una cartela esmaltada en blanco, orlada de una franja de esmalte azul. Cerrando el óvalo, una franja de esmalte azul orlada de plata abrillantada.}}
 
Como miniatura de la ''Gran- Cruz'' se establece una para ojal o banda, o en su sustitución una roseta sobre galón de oro y como pasador de insignia en los uniformes de diario de los miembros de las Fuerzas Armadas una Corona Real con un distintivo blanco y azul. El tratamiento de los titulares es de «Excelencia» o «Excelentísimo» o «Excelentísima» o «Excelentísimo Señor» o «Excelentísima Señora» y los herederos no están obligados a la devolución de la Gran- Cruz a la muerte del titular, si bien deben comunicarlo a la Cancillería de la Orden.
 
=== La Encomienda de Número ===
Línea 105:
{{cita|Los Comendadores de Número llevarán como insignia una placa de plata abrillantada, de dimensiones máximas de 75 por 80 milímetros, formada por cuatro brazos iguales con ocho puntas rematadas por sendas semiesferas lisas, simétricos dos a dos, cuyo centro o llama será de esmalte azul. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de plata abrillantada. En exergo, un óvalo en cuyo centro llevará la cifra de Carlos III de oro, sobre esmalte azul, orlada por una corona de laurel, en sus esmaltes, todo ello calado y sobre un fondo de plata pulida.}}
 
Como miniatura de la ''Encomienda de Número'' se establece una para ojal o banda, o en su sustitución una roseta sobre galón de oro y plata por mitades y como pasador para la insignia del uniforme de diario de las [[Fuerzas Armadas de España|Fuerzas Armadas]], la cinta como en los demás casos con la cifra del monarca Carlos III. Los titulares tienen el tratamiento de «Ilustrísimo» o «Ilustrísima» o «Ilustrísimo Señor» o «Ilustrísima Señora» y a su muerte los herederos no están obligados a la devolución de la Encomienda de Número, si bien deben comunicar el óbito a la Cancillería de la Orden.
 
=== La Encomienda ===
Línea 114:
{{cita|Los Comendadores llevarán, pendiente del cuello con una cinta azul celeste de 45 milímetros de ancho, con una franja central de color blanco de 15 milímetros de anchura, una cruz de oro, de 52 milímetros de diámetro, formada por cuatro brazos iguales, simétricos dos a dos, rematados por ocho esferas de oro, cuyo centro o llama será de esmalte azul añil, contornado por una franja de esmalte blanco. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de oro pulido. En el anverso, en exergo, sobrepuesto un óvalo de oro, orlado de esmalte azul, en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes. En el reverso, llevará, en exergo, un óvalo en cuyo centro, esmaltado en azul, con la cifra de Carlos III de oro, orlada con la leyenda «VIRTUTI ET MERITO» de oro, sobre esmalte blanco. Esta cruz irá coronada por dos ramas de laurel de oro, anudadas por un lazo de esmalte azul, en cuya parte superior se encontrará el ojal para el paso de la cinta.}}
 
Como miniatura de la ''Encomienda'' se establece una para ojal o banda, o en su sustitución una roseta sobre galón de plata y como pasador para la insignia del uniforme de diario de las Fuerza Armadas, la cinta como en los demás casos con la ''Venera'' en miniatura. Los titulares tienen el tratamiento de «Ilustrísimo» o «Ilustrísima» o «Ilustrísimo Señor» o «Ilustrísima Señora» y a su muerte no están obligados a la devolución de la Encomienda de número, si bien deben comunicar el fallecimiento del titular a la Cancillería de la Orden.
 
=== La Cruz ===
Línea 123:
{{cita|Llevarán una cruz de oro, formada por cuatro brazos iguales, simétricos dos a dos, rematados por ocho esferas de oro, cuyo centro o llama será de esmalte azul añil, contornado por una franja de esmalte blanco. En cada entrebrazo figurará una flor de lis de oro pulido. En el anverso, en exergo, sobrepuesto un óvalo de oro, orlado de esmalte azul, en cuyo centro llevará la imagen de la Purísima Concepción en sus esmaltes. En el reverso, llevará, en exergo, un óvalo en cuyo centro, esmaltado en azul, con la cifra de Carlos III de oro, orlada con la leyenda “VIRTUTI ET MERITO” de oro, sobre esmalte blanco. Esta cruz irá coronada por dos ramas de laurel de oro, anudadas por un lazo de esmalte azul. Sus dimensiones máximas son de 50 milímetros de ancho por 75 milímetros de alto, incluida la corona de laurel. Esta insignia se portará mediante un pasador-hebilla de metal dorado, pendiente de una cinta de 30 milímetros de anchura, de color azul celeste, con una franja en el centro de color blanco, de 10 milímetros de anchura.}}
 
Como miniatura de la ''Cruz'' se establece una para ojal o banda, o en su sustitución una roseta simple sin galón alguno y como pasador para la insignia del uniforme de diario de las Fuerza Armadas, la cinta como en los demás casos sin otra señal identificativa. Los titulares tienen el tratamiento de «Ilustrísimo» o «Ilustrísima» o «Ilustrísimo Señor» o «Ilustrísima Señora» y a su muerte no están obligados a la devolución de la Encomienda de número, pero como en anteriores supuestos deben comunicar a la Cancillería de la Orden el fallecimiento del titular.
 
=== Cintas e Insignias ===