Diferencia entre revisiones de «Gobernación de Nueva León»

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== Capitulación de Alcazaba y Sotomayor ==
 
Texto de la capitulación de Alcazaba y Sotomayor:
{{cita|Primeramente, que vos darémos licencia, como por la presente vos la damos, para que en nuestro nombre e de la corona real de Castilla, podais conquistar, pacificar i poblar las tierras i provincias que hobiere por la dicha costa del mar del Sur en las dichas doscientas leguas mas cercanas a los limites de la gobernacion que tenemos encomendada al dicho don Pedro de Mendoza, lo cual hayais de facer dentro de seis meses desde el dia de la fecha desta, estando a la vela con los navíos necesarios para llevar, i que lleveis en ellos, ciento i cincuenta hombres destos nuestros reinos de Castilla y de otras partes permitidas; i dentro de año i medio i en adelante luego siguiente, seais tenido i obligado a proseguir e fenecer el dicho viaje con otros cien hombres, con las personas relijiosas e clérigos, e con los nuestros oficiales, que para conversion de los indios a nuestra santa feé i buen recaudo de nuestra hacienda, vos serán dados i señalados por nuestro mandado, a los cuales relijiosos habeis de dar i pagar el flete i matalotaje i los otros mantenimientos necesarios, conforme a sus personas, todo a vuestra costa, sin por ello les llevar cosa alguna durante toda la dicha navegacion, lo cual mucho vos encargamos que así hagais i cumplais, como cosa del servicio de Dios i nuestro, porque de lo contrario, nos terníamos de vos por deservidos.<br/>
 
Item, vos darémos, i por la presente vos damos, licencia i facultad para que si del dicho estrecho de Magallánes, prosiguiendo la dicha navegacion, hasta llegar al término de las dichas doscientas leguas, que, como dicho es, ha de ser el límite de la dicha vuestra gobernacion e conquista, tuviéredes noticia de algunas tierras e islas que al servicio de Dios i nuestro convenga tener entera relacion dellas, podais, en tal caso, vos, o la persona que para ello señaláredes, con acuerdo de los nuestros oficiales i de los dichos relijiosos, con que no sean mas de cuatro personas, salir a tierra, poniendo por escrito todo lo que consigo llevaren cada una de las dichas cuatro personas para rescate, o en otra cualquier manera, e ansí mismo lo que trajeren consigo cuando tornasen a los dichos navíos, para que de todo se tenga en cuenta i razon, i se ponga particularmente por escrito la calidad de la tierra i moradores i naturales della, e de las cosas que se dan e crian en ella, para que, informados nosotros de la verdad de todo ello, proveamos lo que convenga al servicio de Dios e nuestro.<br/>
Item, vos prometemos que, durante el tiempo de los dichos dos años, ni despues, cumpliendo lo que por vuestra parte fuéredes tenido a cumplir por este asiento i capitulacion, no darémos licencia a ninguna persona para conquistar i descubrir las tierras i provincias que se incluyeren en las dichas doscientas leguas continuadas desde donde se acaban los límites de la gobernacion del dicho don Pedro de Mendoza, como dicho es; ántes lo defenderémos espresamente; i para ello, vos darémos las provisiones que fueren necesarias.<br/>
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== Provincia de Nueva León ==
 
Alcazaba partió del puerto de [[Sanlúcar de Barrameda]] el 21 de septiembre de 1534, en una expedición de 250 hombres en dos naves; la que él mismo comanda, ''Madre de Dios'' y ''San Pedro'', que llevaba como capitán a Rodrigo Martínez.
 
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== Expedición por tierra ==
 
La incursión terrestre recorrió la [[meseta de Sotomayor]], y se internó unos 70 kilómetros hasta descubrir el actual [[Río Chico (Chubut)|río Chico]], que llamaron ''Guadalquivir'', donde además se encontraron con indígenas. Posiblemente hayan encontrado también el cauce del [[río Chubut]] a la altura de la actual localidad de [[Las Plumas]].
 
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== El regreso ==
 
Las naves abandonaron el lugar, dejando en la costa a los tres cabecillas del motín, de quienes no se tiene más noticias. La ''"San Pedro"'' logró llegar a [[Santo Domingo]] luego de innumerables peripecias, pero la nave capitana, ''"Madre de Dios"'' naufragó frente a las costas del [[Brasil]].
 
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== Capitulación del obispo de Plasencia ==
 
El siguiente intento colonizador en tierras patagónicas fue la capitulación gestionada por el [[Diócesis de Plasencia|obispo de Plasencia]] [[Gutierre de Vargas Carvajal]] para su hermano [[Francisco de Camargo]] firmada el 6 de noviembre de 1536. Camargo fue nombrado adelantado, gobernador y capitán general vitalicio, alguacil mayor y teniente de las 3 fortalezas que debía construir, pudiendo además nombrar un heredero luego de 3 años. La gobernación se extendía desde los 36° 57' 09<nowiki>''</nowiki> sur hasta el estrecho de Magallanes, por lo que era más extensa que la capitulada con Alcazaba y Sotomayor.
 
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{{wikisource|Capitulación de Simón de Alcazaba (1529)}}
 
{{Control de autoridades}}
[[Categoría:Gobernaciones y provincias indianas|Nueva León]]
[[Categoría:Historia colonial de la Argentina]]
[[Categoría:Historia colonial de Chile]]
[[Categoría:Historia de la Patagonia]]
 
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