Diferencia entre revisiones de «Gobierno de Colombia»

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[[Archivo:Estructura del estado colombiano.svg|thumb|350px|Organigrama del Estado colombiano.]]
 
La constitución política define🤭 en la estructura del estado colombiano mediante la división del poder público en tres ramas: la ejecutiva, la legislativa y la judicial. Sin embargo, dado que existen funciones del estado que estas entidades no cumplen, se nombran los órganos para la realización de estas como son: el [[Ministerio Público (Colombia)|Ministerio público]], la [[Contraloría General de la República (Colombia)|Contraloría General]], el [[Consejo Nacional Electoral (Colombia)|Consejo Nacional Electoral]], la [[Registraduría Nacional del Estado Civil (Colombia)|Registraduría Nacional]], el [[Banco de la República de Colombia|Banco de la República]], la [[Autoridad Nacional de Televisión]] y la [[Comisión Nacional del Servicio Civil]], entre otras.<ref>{{cita web|nombre1=Subgerencia Cultural del Banco de la República|título=Organización del Estado colombiano|url=http://www.banrepcultural.org/blaavirtual/ayudadetareas/politica/organizacion_del_estado_colombiano|fecha=2015|fechaacceso=11 de noviembre de 2015}}</ref>
 
ramas del Poder Público ==