Diferencia entre revisiones de «Derecho internacional humanitario»

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== Función y servicio ==
 
La función del DIH distingue entre conflicto armado internacional y conflicto armado sin carácter internacional. En los conflictos armados internacionales se enfrentan, como mínimo, dos Estados. En ellos se deben observar muchas normas, incluidas las que figuran en los Convenios de Ginebra y en el Protocolo adicional I. En los conflictos armados sin carácter internacional se enfrentan, en el territorio de un mismo Estado, las fuerzas armadas regulares y grupos armados disidentes, o grupos armados entre sí. En ellos se aplica una serie más limitada de normas, en particular las disposiciones del artículo 3 común a los cuatro Convenios de Ginebra y el Protocolo adicional II.
 
=== Conflictos armados internacionales y nacionales ===
A los conflictos armados internacionales los define a partir de un criterio objetivo y no se parte de la declaración de guerra como elemento para catalogar un conflicto de internacional, el criterio al contrario estriba en la existencia de hostilidades efectivas entre fuerzas militares de dos estados.
 
Por otro lado las reglas de derecho internacional humanitario también se aplican a los conflictos armados no internacionales, estos son aquellos que se desarrollan en el territorio de un estado enfrentándose fuerzas militares del estado con grupos insurreccionales que tienen el control de una parte del territorio, están relativamente organizados bajo un autoridad en el marco de un conflicto prolongado en el tiempo.
 
=== Derecho internacional humanitario y Derecho de los derechos humanos ===