Diferencia entre revisiones de «Campo de Luna»

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Se completa el cuadro del apartado Evolución demográfica, se corrige un dato del Diccionario geográfico-estadístico de España y Portugal de Miñano y se pone el correspondiente enlace.
Se corrige el número de habitantes según el Diccionario geográfico-estadístico de España y Portugal.
Línea 59:
=== Edad Contemporánea ===
==== Siglo XIX ====
A comienzos de siglo, en el ''[[Diccionario geográfico-estadístico de España y Portugal]]''<ref>{{cita libro|autor=Sebastián de Miñano, |título=Diccionario geográfico-estadístico de España y Portugal |editorial=Imprenta de Pierart-Peralta |año=1826-1828 |volumen=II |página=305}}</ref> publicado en Madrid entre 1826 y 1828 por [[Sebastián de Miñano]], Campo figura todavía como una localidad de señorío, perteneciente al concejo de Luna de Arriba, con un alcalde ordinario y una población de «treinta y unnueve habitantes (nueve vecinos)». Su producción agropecuaria estaba constituida entonces por granos, legumbres, lino, pastos y ganados.
 
Pocos años después, en 1836, la Diputación de León publica un breve nomenclátor de la provincia con el título de ''Arreglo provisional de ayuntamientos de la provincia de León dispuesto por la Diputación provincial''. En su preámbulo se expone que no solo se ha creído conveniente realizar la designación de electores y elegidos, sino también recapitular las disposiciones legales aplicables en ese caso, «ya en el Código fundamental, ya en la ley de 28 de marzo de 1812, ya en su aclaración de 23 de marzo de 1821 y ya, en fin, en los demás decretos y órdenes expedidos en las dos épocas constitucionales». De esta manera, se diseñaba el nuevo mapa municipal de la provincia tras la abolición de los antiguos señoríos jurisdiccionales. Como resultado de ello, el Ayuntamiento de [[Láncara de Luna]] quedó encuadrado en el Partido Judicial de [[Murias de Paredes]] e inscrito con el número ciento veintiocho en un nomenclátor que recogía ciento ochenta y ocho municipios. De acuerdo con las leyes electorales de entonces, al ayuntamiento se le asignaron dos alcaldes, seis [[Concejal|regidores]], un [[Síndico personero|procurador síndico]] y un número total de nueve electores, uno de los cuales correspondía a Campo y a [[Robledo de Caldas]] conjuntamente.<ref>{{Cita web |url=http://bibliotecadigital.jcyl.es/es/catalogo_imagenes/grupo.cmd?path=10076877|título=Arreglo provisional de ayuntamientos de la provincia de León dispuesto por la Diputación provincial}}</ref>