Diferencia entre revisiones de «Derecho positivo»
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La concepción del positivismo jurídico abarca un solo derecho, lo que también se conoce como [[monismo jurídico]]: el derecho positivo. En cambio, para el iusnaturalismo, existen dos derechos ([[dualismo jurídico]]): el derecho positivo y el derecho natural. Este último se define como el conjunto de [[principio]]s o [[Valor (axiología)|valores]] superiores a los cuales podemos acceder a través de la capacidad humana y que prevalecen sobre el derecho positivo y son siempre válidos. El origen de esta doctrina es tan antiguo como el derecho, y puede rastrearse intelectualmente desde el paso del ''[[mito]]'' al ''[[logos]]'' en la [[Grecia Antigua]].
Los derechos positivos, en plural, son por tanto conceptualmente diferentes de los ''derechos naturales''.
== Véase también ==
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