Diferencia entre revisiones de «Reserva nacional Río de Los Cipreses»

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== Protección del subsuelo ==
La Reserva Nacional Río Los Cipreses no cuenta actualmente con una protección de su subsuelo como '''lugar de interés científico para efectos mineros''', según el artículo 17 del Código de Minería. El cual establece que estas labores sólo pueden ser ejecutadas mediante un permiso escrito por el Presidente de la República y firmado además por el Ministro de Minería. <ref name=CodMin>{{cita LeyChile |norma=29668|versión= |denom=Ley 18.248 |título=Código de Minería|autor=Ministerio de Minería |fechaacceso=09 de noviembre de 2019}}</ref>
 
Los proyectos o actividades mineras son susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases y que deberen someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Adicionalmente, los proyectos o actividades mineras requieren la elaboración de un Estudio de Impacto Ambiental Localización en o próxima a recursos y áreas protegidas, sitios prioritarios para la conservación, humedales protegidos, glaciares que susceptibles de ser afectados, así como el valor ambiental del territorio en que se pretende emplazar.<ref name=LeyMA>{{cita LeyChile |norma=30667|versión= |denom=Ley 19.300 |título= Ley de bases generales sobre el medio ambiente|autor=Ministerio Secretaría General de la Presidencia |fechaacceso=10 de noviembre de 2019}}</ref><ref name=ReglMA>{{cita LeyChile |norma=1053563|versión= |denom= Decreto 40 |título= Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental |autor=Ministerio de Medio Ambiente |fechaacceso=10 de noviembre de 2019}}</ref>
 
== Referencias ==