Diferencia entre revisiones de «Canarias»

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La función de una ciudad canaria con plena jurisdicción para todo el archipiélago solo existe tras la conquista de Canarias, aunque originalmente ''[[de facto]]'', es decir, sin significado jurídico y real y ligada a la sede de la [[Mando de Canarias|Capitanía General de Canarias]].
 
[[Las Palmas de Gran Canaria]] fue la primera ciudad que ejerció esta función. Esto dado que la residencia del Capitán General de Canarias estaba en esta ciudad durante parte de los [[siglo XVI|siglos XVI]] y [[siglo XVII|XVII]].<ref name="junta">La Junta Suprema de Canarias. Volumen I. Buenaventura Bonnet y Riveron. Real Sociedad Económica de Amigos del País de Tenerife, Editorial: Editorial Interinsular Canaria SA, publicado en Santa Cruz de Tenerife en 1980 (reedición de 1948) Páginas 104-106</ref> Posteriormente, en [[mayo]] de [[1661]] el Capitán General de Canarias, [[Jerónimo de Benavente|Jerónimo de Benavente y Quiñones]] traslada la sede de la capitanía a la ciudad de [[San Cristóbal de La Laguna]] en la isla de [[Tenerife]].<ref name="portalcultura.mde_1">{{cita web|url=http://www.portalcultura.mde.es/cultural/archivos/canarias/archivo_156.html|título=Archivo Intermedio Militar de Canarias. Gobierno de España.|fechaacceso=5 de abril de 2017|urlarchivo=https://web.archive.org/web/20170222093936/http://www.portalcultura.mde.es/cultural/archivos/canarias/archivo_156.html|fechaarchivo=22 de febrero de 2017}}</ref> Esto fue debido al ser esta isla desde la conquista la más poblada, productiva y con más expectativas económicas.<ref name="mdc.ulpgc_1">{{cita web |url=http://mdc.ulpgc.es/cdm/ref/collection/bolmc/id/440|título=La Diócesis de San Cristóbal de La Laguna en los inicios del siglo XIX: el Obispo Folgueras Sion, el Cabildo Catedral y la jurisdicción eclesiástica }}</ref> La Laguna sería la considerada capital ''de facto'' del archipiélago hasta el siglo XIX.<ref name="ref_duplicada_2">{{cita web|url=http://www.arquitectuba.com.ar/diccionario-arquitectura-construccion/san-cristobal-de-la-laguna/|título=Capital de facto de Canarias|fechaacceso=5 de abril de 2017|urlarchivo=https://web.archive.org/web/20090105123250/http://www.arquitectuba.com.ar/diccionario-arquitectura-construccion/san-cristobal-de-la-laguna/|fechaarchivo=5 de enero de 2009}}</ref> Otros organismos que tenían su sede en Las Palmas de Gran Canaria eran la [[Real Audiencia de Canarias]], el entonces único [[Diócesis de Canarias|Obispado de Canarias]], la Inquisición,<ref>[http://www.revistabinter.com/2016/10/19/inquisicion-en-canarias/ Inquisión en Canarias]</ref> etc.
 
Ya en [[1723]] el Capitán General de Canarias [[Lorenzo de Villavicencio y Villavicencio|Lorenzo Fernández de Villavicencio]] había trasladado la sede de la Capitanía General de Canarias desde San Cristóbal de La Laguna a Santa Cruz de Tenerife.