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=== Junta de Gobierno de Madrid ===
La Junta de Gobierno de Madrid es el órgano ejecutivo de dirección política y administrativa de la ciudad. Sus reuniones ordinarias de periodicidad semanal tienen lugar en la Sala de Junta de Gobierno en el Palacio de Cibeles y sus decisiones adoptan la forma de Acuerdos. Sus competencias están estipuladas en el artículo 17.1 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (LCREM).<ref>{{cita web|url=https://www.madrid.es/portales/munimadrid/es/Inicio/El-Ayuntamiento/Gobierno/Composicion-y-atribuciones/Atribuciones/?vgnextfmt=default&vgnextoid=951d88cf396eb510VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=42292313d1606310VgnVCM1000000b205a0aRCRD|título=Atribuciones de la Junta de Gobierno|fechaacceso=6 de diciembre de 2019|editor=Ayuntamiento de Madrid|idioma=es}}</ref>Se encarga principalmente de la elaboración de los proyectos de ordenanzas y reglamentos, elaborar los presupuestos anuales para financiar los [[servicio público|servicios públicos]] y los proyectos para la construcción de [[infraestructura]]s. Está presidida por el [[alcalde/alcaldesa]], al cual le corresponde nombrar y separar libremente a los miembros de la Junta de Gobierno, cuyo número no podrá exceder de un tercio del número legal de miembros del Pleno, además del alcalde/alcaldesa. También designa al concejal/a secretario/a, quien redactará las actas de las sesiones y certificará sobre sus acuerdos.
 
'''Funciones y poderes del Alcalde'''
 
Los artículos 14 y 15 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid (LCREM) determinan las atribuciones del alcalde y de los [[teniente de alcalde]]:
 
'''Artículo 14''' ''Alcalde''