Diferencia entre revisiones de «Jurisprudencia»

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[[Archivo:TRIBUNAL SUPREMO DE ESPAÑA.jpg|thumb|right|Fachada principal del [[Tribunal Supremo (España)|Tribunal Supremo de España]].]]
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La '''jurisprudencia''' es el la interpretación judicial de un ordenamiento jurídico del Estado y demás [[resolución judicial|resoluciones judiciales]] emitidas en un mismo sentido por los órganos judiciales de un [[ordenamiento jurídico]] determinado. Tiene un valor fundamental como fuente de conocimiento del [[derecho positivo]], con el cual se procura evitar que una misma situación jurídica sea interpretada en forma distinta por los tribunales; esto es lo que se conoce como el principio unificador.
 
Se entiende por jurisprudencia a la doctrina establecida por los órganos judiciales del Estado (por lo general, el [[Tribunal Supremo]] o [[Tribunal Superior de Justicia|Tribunales Superiores de Justicia]]) que se repite en más de una resolución. Esto significa que para conocer el contenido completo de las normas vigentes hay que considerar cómo han sido aplicadas en el pasado. En otras palabras, la jurisprudencia es el entendimiento de las normas jurídicas basado en las sentencias que han resuelto casos basándose en esas normas.