Diferencia entre revisiones de «Allanamiento»

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Se ha hecho una mención para poder eliminar la ambigüedad de la expresión sobre el dónde es considerado el allanamiento un detrimento del ejercicio de derechos fundamentales.
Línea 3:
'''Allanamiento''', en [[Derecho procesal penal]], es el ingreso en un [[domicilio]] con fines de investigación: el registro del lugar, en búsqueda de objetos o personas relacionadas con un [[delito]], o con motivo de algún otro [[acto procesal]] (p. ej. trabar un [[embargo]], sacar fotografías, etc.)
 
ComoEspecialmente entre Estados de tradición jurídica occidental, se trata de una restricción a los [[derechos constitucionales]]{{dónde}} a la [[inviolabilidad del domicilio]] y la [[intimidad]], la '''orden de allanamiento''' debe emanar de un órgano judicial, mediante [[resolución judicial|resolución escrita]], fundada y determinada, tanto en cuanto al domicilio, como en relación al fin perseguido. Excepcionalmente se permite a la policía el allanamiento sin la respectiva orden judicial en casos urgentes, tales como :
 
*emergencias con peligro para la vida de los habitantes o la propiedad