Diferencia entre revisiones de «Renuncia»

Contenido eliminado Contenido añadido
Aosbot (discusión · contribs.)
m Mantenimiento de Control de autoridades
fusiono dos secciones que vienen a enumerar lo mismo: las características de la renuncia
Línea 4:
La '''renuncia''' es el [[acto jurídico]] unilateral por el cual una persona manifiesta su voluntad de discontinuar permanentemente el goce de un derecho o de extinguir un vínculo jurídico.
 
== ElementosCaracterísticas de la renuncia ==
 
* ''Es un acto jurídico'', destinado a producir consecuencias de derecho.
* Es un [[acto jurídico unilateral]]. Esto implica que necesita sólo la voluntad de su autor para ser eficaz, y no la voluntad concurrente de dos o más partes (a diferencia, por ejemplo, de la [[donación]], que por ser un [[contrato]], si bien implica una renuncia para el [[donante]], requiere [[aceptación]] por parte del [[donatario]]).
* ''Es unilateral'', perfeccionándose por la manifestación de voluntad del titular del derecho, sin necesidad de que otra persona acepte la renuncia para que ésta sea efectiva.
* Tiene por finalidad desasirse o sacar del patrimonio propio, el derecho sobre el cual recae dicha renuncia.
* ''Es abstracta'', es decir, es irrelevante la [[causa]] que lleva a la renuncia del dea ciertas renuncias, la ley establece [[solemnidad]]es especialesderecho.
* Carece de beneficiario determinado.
* ''Es irrevocable'', ya que una vez firme la renuncia, el [[derecho]] renunciado desaparece del patrimonio del renunciante, y por ende, éste no puede reincorporarlo por su mera voluntad otra vez.
* ''Es generalmente consensual'', aunque para ciertas renuncias, la ley establece [[solemnidad|solemnidades]] especiales.
* ''Es abdicativa'', ya que no es el renunciante, sino la ley, la que dispone a qué patrimonio irá a dar el derecho renunciado.
* ''Es liberatoria'', ya que al desaparecer el derecho del patrimonio del renunciante, se marchan con él todas las cargas, gravámenes y obligaciones inherentes a ese derecho; esto es una aplicación del principio según el cual "''lo accesorio sigue la suerte de lo principal''".
 
== Requisitos de la renuncia ==
 
Para que la renuncia sea eficaz requiere:<ref> Basado aproximadamente en lo que dispone el artículo 12 del [[Código Civil de Chile]].</ref>
 
* El derecho debe mirar sólo al interés individual del renunciante.
Línea 18 ⟶ 22:
* La renuncia del derecho no debe estar prohibida por la ley.
* La renuncia no se presume, siempre debe ser expresa.
 
== Características de la renuncia ==
 
* ''Es un acto jurídico'', destinado a producir consecuencias de derecho.
* ''Es unilateral'', perfeccionándose por la manifestación de voluntad del titular del derecho, sin necesidad de que otra persona acepte la renuncia para que ésta sea efectiva.
* ''Es abstracta'', es decir, es irrelevante la [[causa]] que lleva a la renuncia del dea ciertas renuncias, la ley establece [[solemnidad]]es especiales.
* ''Es abdicativa'', ya que no es el renunciante, sino la ley, la que dispone a qué patrimonio irá a dar el derecho renunciado.
* ''Es liberatoria'', ya que al desaparecer el derecho del patrimonio del renunciante, se marchan con él todas las cargas, gravámenes y obligaciones inherentes a ese derecho; esto es una aplicación del principio según el cual "''lo accesorio sigue la suerte de lo principal''".
 
== Referencias ==