Diferencia entre revisiones de «Suspensión de pagos»

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Se denomina '''suspensión de pagos, insolvencia''', '''cesación de pagos'''<ref>{{cita web|url=http://www.fundeu.es/recomendacion/default-mejor-suspension-de-pagos-impago-y-cese-o-cesacion-de-pagos-106/|título=Fundeu}}</ref>, '''o [[Impago|default]]''' (en [[Idioma inglés|inglés]] '''''debt moratorium'''''), a la situación concursal en la cual se encuentra una persona, o una familia, o una [[empresa]], o una [[sociedad]] [[Derecho mercantil|mercantil]], o [[estado]], cuando no puede pagar la totalidad de las deudas que tiene con sus [[acreedor]]es por [[Flujo de caja|falta de liquidez o dinero en efectivo]]. Es un procedimiento que tiene por objeto llegar a un acuerdo entre el deudor y los acreedores, bajo supervisión judicial, sobre el modo en que se pagará.
 
La diferencia con la [[quiebra]] se encuentra en que en la suspensión, el deudor tiene suficientes activos para hacer frente a sus deudas, pero sus activos no son lo suficientemente líquidos. Por ejemplo, puede tener [[inmueble]]s o [[Activo fijo|activos fijos]] por un valor superior a sus deudas, pero no puede pagar esas deudas vencidas en el momento. Por eso también se dice que la suspensión de pagos es una situación concursal temporal, mientras que la quiebra es definitiva.