Diferencia entre revisiones de «Seguro obligatorio de accidentes personales»
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→Beneficiarios del seguro: Añado enlace |
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Línea 40:
* El cónyuge sobreviviente.
* Los hijos menores de edad, cualquiera sea su [[Filiación (Chile)|filiación]].
* Los hijos mayores de edad, cualquiera sea su filiación.
* Los padres.
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