Diferencia entre revisiones de «Inmatriculaciones en España»

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La [[inmatriculación]] es el proceso a través del cual se produce «el ingreso o acceso de una finca en la vida registral de los Libros del Registro, efectuado por una inscripción de dominio de la misma a favor del inmatriculante».<ref>{{Cita web |url=https://dpej.rae.es/lema/inmatriculaci%C3%B3n |título=Inmatriculación |fechaacceso=2021-03-07 |autor=Diccionario panhispánico del español jurídico |enlaceautor=Diccionario panhispánico del español jurídico}}</ref>
 
La [[inmatriculación]] es el proceso a través del cual se produce «el ingreso o acceso de una finca en la vida registral de los Libros del Registro, efectuado por una inscripción de dominio de la misma a favor del inmatriculante».<ref>{{Cita web |url=https://dpej.rae.es/lema/inmatriculaci%C3%B3n |título=Inmatriculación |fechaacceso=2021-03-07 |autor=Diccionario panhispánico del español jurídico |enlaceautor=Diccionario panhispánico del español jurídico}}</ref>
En este proceso se han realizado inmatriculaciones al amparo de sucesivas leyes, modificaciones y/o adaptaciones de las mismas, hasta la aprobación de la Ley 13/2015, de 24 de junio, de Reforma Hipotecaria que pone fin a la posibilidad de que la la [[Iglesia Católica en España]], inmatricule bienes con certificación diocesana.{{sfn|MPR I|2021|sp=sí|loc=Estudio sobre la inmatriculación de bienes inmuebles de la iglesia católica}}{{refn|group="nota"|Se entiende certificación diocesana aquella que se basa según las certificaciones expedidas por el diocesano correspondiente, representante de la Iglesia Católica, procedimiento que equipara esa certificación diocesana con certificación librada por el funcionario a cuyo cargo esté la administración de los bienes inmuebles.{{sfn|MPR I|2021|sp=sí|loc=I. Introducción}}}}