Diferencia entre revisiones de «Comunidad de comunas»

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La '''Comunidad de comunas''', en [[idioma francés|francés]] original '''communauté de communes''', en [[Francia]], ejerce en lugar de las [[comuna francesa|comunas]] miembros un cierto número de competencias definidas por la [[ley]] de [[6 de febrero]] de [[1992]] relativa a la administración territorial de la República francesa, modificada por la ley de [[12 de julio]] de [[1999]], y posteriormente por la ley de [[27 de febrero]] de [[2002]]. Las disposiciones correspondientes están codificadas en los textos legislativos y reglamentarios del Código general de las colectividades territoriales (''Code général des collectivités territorials'', CGCT). Éste en su artículo L5214-1 da la definición siguiente :
 
{{cita|La '''communauté de communes''' es una entidad pública de cooperación intercomunal (''établissement public de coopération intercommunale'', EPCI) que reagrupa a varias comunas colindantes y sin enclaves. Tiene por objeto asociar a las comunas en el seno de un espacio de solidaridad, con vistas a la elaboración de un proyecto común de desarrollo y de gestión territorial.}}
 
Contrariamente al caso de las otras ''[[Mancomunidad|intercommunalités]]'' ([[Comunidad de aglomeración]] ,''communautés d'agglomération'' y ''[[communautés urbaines]]''), las communautés de communes no están sometidas a un mínimo de población. La única constricción es la continuidad geográfica, que no se aplica a las communautés de communes creadas anteriormente.
 
==Principales características==
* Son EPCI con fiscalidad propia a efectos de la ''taxe professionnelle'' y en la mayoría de los casos, de la TPU (''taxe professionnelle unique'', impuesto profesional único con reversión parcial a las comunas).
* Están administradas por un ''conseil communautaire'' (consejo comunitario). Los delegados de cada comuna son elegidos por los consejos municipales. Cada comuna tiene al menos un delegado y ninguna puede tener más de la mitad del total de los mismos.
* Competencias obligatorias :
** Desarrollo económico.
** Gestión territorial.
** Una competencia a elegir entre cuatro bloques :
*** Protección y puesta en valor del medio natural.
*** Política de vivienda y de servicios sociales.