Diferencia entre revisiones de «Derechos individuales»
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Bien por su evolución histórica o por estar recogidos en dos convenciones internacionales distintas es por lo que se suelen clasificar los derechos individuales (o fundamentales) en dos grandes grupos:
* derechos de primera generación, como el [[derecho a la vida]], a la [[integridad personal]], a la [[libertad individual]], a la [[libertad de expresión]], a la [[libertad de reunión]], a la [[igualdad ante la ley]], los derechos de [[propiedad]], al [[libre comercio]], a la [[libertad de movimiento]], etc.
* derechos de segunda generación, así llamados porque reciben reconocimiento constitucional después de la [[Primera Guerra Mundial]] y que se refieren sobre todo a los derechos sociales, como [[derecho al trabajo]], [[derecho a la salud]], [[derecho a la educación]], derecho a la seguridad social[[
Existe una [[incompatibilidad]] de naturaleza entre los derechos de primera y segunda generación así como en la tercera hay diferencias en como son conocidas y en como se han clasificado por las leyes. Junto con las 3 generaciones se formó la cuarta y quinta generación de los derechos civiles o humanos. Así como los primeros son [[libertad negativa|derechos negativos]], que obligan al resto de la sociedad (o a los gobernantes) a ''no atacar'' o coartar dichas libertades, los de segunda generación son derechos positivos que imponen una carga y obligación sobre toda la sociedad de ''proporcionar'' unos bienes materiales a sus beneficiarios. Esto se muestra patente a la hora de aplicarlos: el derecho a la vida o a la propiedad obliga a ''no'' arrebatarlas, sin embargo el derecho al trabajo obliga a proporcionarlo. Esta contradicción tiene su origen en la cuestión de si somos responsables de las consecuencias de nuestras omisiones; mientras que los defensores de los '''derechos individuales''' dirán que no, los defensores de los derechos humanos dirán que sí. Entra en consideración también la cuestión de si [[el fin justifica los medios]]; los defensores de los '''derechos individuales''' dirán que no, los defensores de los derechos humanos dirán que sí (o que el bienestar común supera moralmente el bienestar de los individuos).
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