Diferencia entre revisiones de «Tratado internacional»

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Un '''tratado internacional''' es una [[norma jurídica]] de naturaleza internacional, vinculante y obligatoria para los Estados que lo suscriben, normalmente escrita por [[sujetos de derecho internacional|sujetos]] de [[derecho internacional]] y que se encuentra regido por este, que puede constar de uno o varios instrumentos jurídicos y siendo indiferente su denominación. Como acuerdo implica siempre la concurrencia mínima de dos personas jurídicas.Por ejemplo los gobernantes de cada país se reúnen para ponerse de acuerdo con sus límites de países para no tener problemas con sus territorios.<ref>{{Cita libro|apellidos=Cabanellas|nombre=Guillermo|enlaceautor=|título=Diccionario Enciclopédico de Derecho Usual|url=|fechaacceso=|año=1986|editorial=Heliasta|isbn=9500065002|editor=|ubicación=Buenos Aires, Argentina.|página=|idioma=español|capítulo=}}</ref>
 
Lo más común es que tales acuerdos se realicen entre [[Estado]]s, aunque pueden celebrarse entre Estados y [[Organización internacional|organizaciones internacionales]]. Los primeros están regulados por la [[Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados]] de [[1969]]; los segundos, por la [[Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales]] de [[1986]].
 
Los acuerdos entre [[empresa pública|empresas públicas]] de un Estado y Estados no son Tratados internacionales. La [[Corte Internacional de Justicia]] tuvo la oportunidad de pronunciarse acerca de esta cuestión en el caso "Anglo-Iranian Oil" (1952). [[Irán]] había firmado un acuerdo con la empresa "Anglo-Iranian Oil" para la explotación de los recursos petrolíferos. Este acuerdo tenía dos caras: era un acuerdo de [[concesión]] y al mismo tiempo tenía la naturaleza de un Tratado entre [[Irán]] y el [[Reino Unido]]. Esta tesis no fue aceptada por la Corte Internacional de Justicia porque los Tratados internacionales solo pueden tener lugar entre estados y porque los acuerdos con empresas se rigen por las normas del [[derecho internacional privado]].
 
Los Tratados internacionales deben realizarse por escrito aunque pueden ser verbales. En este último caso no se regirían por la Convención de Viena de 1969.
 
Su denominación es indiferente pues, si se dan las condiciones anteriores, nos encontramos ante un Tratado internacional independientemente del nombre que reciba.
 
== Tipos ==
* Según la materia, pueden ser: Tratados comerciales, políticos,de paz, extradición, fiscales, sociales, económicos,y sobre todo de amistad así como culturales, humanitarios, sobre derechos humanos, o de otra índole.