Diferencia entre revisiones de «Defensoría del Pueblo de Colombia»

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La '''Defensoría del Pueblo de Colombia''' es un órgano constitucional y autónomo creado por la [[Constitución de 1991|Constitución Política de Colombia de 1991]] en su Capítulo II: Del ministerio público, con el propósito de "velar por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los [[derechos humanos]]" dentro del Estado social de derecho, "democrático, participativo y pluralista", así como la divulgación y promoción del [[Derecho Internacional Humanitario]].
 
La labor de vigilancia al poder público, a partir de la expedición de la Constitución Política de 1991, se amplió gracias a la creación de la figura del Defensor del Pueblo, especialmente, en cuanto a protección, defensa, promoción, divulgación y ejercicio de los derechos humanos. Mediante los artículos 281 y 282 de la Constitución, se estructuraron las características, facultades y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo, como proyección y desarrollo de la concepción del Estado Social de Derecho.
La Defensoría del Pueblo es uno de los órganos de control del Estado colombiano y está vinculada al [[Ministerio Público (Colombia)|Ministerio Público]]; por lo tanto el Defensor del Pueblo ejerce sus funciones bajo la dirección del [[Procuraduría General de la Nación (Colombia)|Procurador General de la Nación]].<ref>Constitución Nacional de Colombia, artículo 281.</ref>
De esta manera se constituye en autoridad estatal, cuya misión consiste en el control de la actividad de la institucionalidad pública y de algunos particulares a quienes se les ha delegado funciones de carácter público, respecto de los derechos fundamentales y las garantías para ejercerlos, para lo cual se le ha surtido de procedimientos flexibles, informales y expeditos para desempeñar sus acciones y tareas.
 
La organización y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo en Colombia está regulada por la Ley 24 de 1992 y demás normas que la adicionan o modifican.<ref>Ley 24 de 1992. Disponible en línea <http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/ley_0024_1992.html> [consultado el 18 de febrero de 2015]</ref> El Defensor del Pueblo es elegido cada cuatro años por la [[Cámara de Representantes (Colombia)|Cámara de Representantes]] a partir de una terna enviada por el [[Presidentes de Colombia|Presidente de la República]] para un período de cuatro años, contado a partir del 1o. de septiembre de 1992. Es decir que en su elección no participa el Senado.
La finalidad del ente Defensorial es la protección de los derechos humanos y de las libertades de todas las personas frente a actos, amenazas o acciones ilegales, injustas, irrazonables, negligentes o arbitrarias de cualquier autoridad o de los particulares. La Defensoría del Pueblo se instituye, entonces, como el organismo tutelar de los derechos y garantías de los habitantes del territorio nacional como de los colombianos residentes en el exterior.
 
Junto con la Procuraduría General de la Nación y las personerías municipales, la Defensoría del Pueblo hace parte de lo que se denomina el Ministerio Público[1], y se constituye, como ya se señaló, en la entidad rectora de la defensa, promoción, protección y divulgación de los derechos humanos.
 
 
La capacidad que el Constituyente de 1991 le otorgó a la Defensoría del Pueblo parte no sólo del rango constitucional que le confirió, sino además, porque la instaló en el nivel de los estándares internacionales respecto de las líneas programáticas acogidas por las Naciones Unidas, en cuanto a la educación en derechos humanos y el desarrollo de procesos de promoción, difusión y divulgación, como desarrollo de los instrumentos internacionales de los que Colombia es signataria.
 
== Funciones ==
La misión institucional, de acuerdo con la normatividad vigente, comprende una serie de atribuciones y competencias dadas al Defensor del Pueblo, que por mandato constitucional se enfoca en las siguientes acciones:[2]
El Defensor del Pueblo velará por la promoción, el ejercicio y la divulgación de los derechos humanos, para lo cual ejercerá las siguientes funciones:
 
 
1. Orientar e instruir a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior en el ejercicio y defensa de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.
 
 
2. Divulgar los derechos humanos y recomendar las políticas para su enseñanza.
 
 
3. Invocar el derecho de HabeasHábeas Corpus e interponer las acciones de tutela, sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados.
 
 
4. Organizar y dirigir la defensoríaDefensoría públicaPública en los términos que señale la ley.
 
 
5. Interponer acciones populares en asuntos relacionados con su competencia.
 
 
6. Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.
 
 
7. Rendir informes al Congreso de la República sobre el cumplimiento de sus funciones.
 
 
 
== Historia ==
La labor de vigilancia al poder público, a partir de la expedición de la Constitución Política de 1991, se amplió gracias a la creación de la figura del Defensor del Pueblo, especialmente, en cuanto a protección, defensa, promoción, divulgación y ejercicio de los derechos humanos. Mediante los artículos 281 y 282 de la Constitución, se estructuraron las características, facultades y funcionamiento de la Defensoría del Pueblo, como proyección y desarrollo de la concepción del Estado Social de Derecho.
 
De esta manera se constituye en autoridad estatal, cuya misión consiste en el control de la actividad de la institucionalidad pública y de algunos particulares a quienes se les ha delegado funciones de carácter público, respecto de los derechos fundamentales y las garantías para ejercerlos, para lo cual se le ha surtido de procedimientos flexibles, informales y expeditos para desempeñar sus acciones y tareas.
1. Orientar e instruir a los habitantes del territorio nacional y a los colombianos en el exterior en el ejercicio y defensa de sus derechos ante las autoridades competentes o entidades de carácter privado.
 
La finalidad del ente Defensorial es la protección de los derechos humanos y las libertades de todas las personas frente a actos, amenazas o acciones ilegales, injustas, irrazonables, negligentes o arbitrarias de cualquier autoridad o de los particulares. Se instituye, entonces, en el organismo tutelar de los derechos y garantías de los habitantes del territorio nacional como de los colombianos residentes en el exterior.
2. Divulgar los derechos humanos y recomendar las políticas para su enseñanza.
 
Junto con la Procuraduría General de la Nación y las personerías municipales, la Defensoría del Pueblo hace parte de lo que se denomina el Ministerio Público[1], y se constituye, en la entidad rectora de la defensa, promoción, protección y divulgación de los derechos humanos.
3. Invocar el derecho de Habeas Corpus e interponer las acciones de tutela, sin perjuicio del derecho que asiste a los interesados.
 
La capacidad que el Constituyente de 1991 le otorgó a la Defensoría del Pueblo parte no sólo del rango constitucional que le confirió, sino además, porque la instaló en el nivel de los estándares internacionales respecto de las líneas programáticas acogidas por la Organización de Naciones Unidas, en cuanto a la educación en derechos humanos y el desarrollo de procesos de promoción, difusión y divulgación, como desarrollo de los instrumentos internacionales de los que Colombia es signataria.
4. Organizar y dirigir la defensoría pública en los términos que señale la ley.
 
5. Interponer acciones populares en asuntos relacionados con su competencia.
 
== Misión ==
6. Presentar proyectos de ley sobre materias relativas a su competencia.
La Defensoría del Pueblo es la institución del Estado colombiano responsable de impulsar la efectividad de los derechos humanos de los habitantes del territorio nacional y de los colombianos en el exterior, en el marco del Estado Social de Derecho democrático, participativo y pluralista, mediante las siguientes acciones integradas:
 
Promover, ejercer y divulgar los derechos humanos.
7. Rendir informes al Congreso sobre el cumplimiento de sus funciones.
Proteger y defender los derechos humanos y prevenir sus violaciones.
Fomentar la observancia del derecho internacional humanitario.
Atender, orientar y asesorar en el ejercicio de sus derechos.
Proveer el acceso a la administración de justicia, en los casos señalados en la Ley.
 
== Visión ==
8. Las demás que determine la ley.
En el 2024, la Defensoría del Pueblo de Colombia es reconocida por su labor en la consolidación de los derechos humanos, a través de la divulgación, defensa y promoción de los derechos consagrados y dándole respuesta a los cambios demográficos y desarrollo rural y urbano que permite la implementación de nuevos derechos que apuntan a la contextualización de los existentes; todo ello, apoyado en una transformación tecnológica soportada en TIC´ s y modernización institucional.
 
== Referencias ==