Diferencia entre revisiones de «Imparcialidad»

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Línea 4:
El principio imparcialidad es un regente de los derechos humanos y de los derechos constitucionales en el debido proceso que garantiza un juicio objetivo imparcial y sujeto a la verdad procesal garantista de derechos humanos amparados y consagrados en la carta interamericana de derechos humanos en el continente americano.
 
Para que un tribunal juzgador cumpla el principio de "imparcialidad", tiene que ir más allá de toda duda razonable, de no caer en un conflicto de intereses, chantajes y extorsiones por lo cual la" objetividad" en un tribunal, penal,sin tribunalimpartar civilla orama cualquierde tribunal o audienciaeste, tiene que ser probó y totalmente imparcial para ejecutar cualquier sentencia de carácter penal civil o administrativo y no vulnerar los derechos constitucionales de las partes prosesales.
 
== Objetividad e imparcialidad ==