Diferencia entre revisiones de «Tricameralidad»

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Este mismo procedimiento puede aplicarse a los paises/nacionalidades/naciones que componen la [[Federación]]/[[Confederación]]. Una representación proporcional al número de los habitantes de cada nacionalidad permitirá representarlos en función de su peso humano específico. Ahora bien, en el caso específico de las nacionalidades, convendría quizás tener en cuenta, como se hace en la mayoría de los paises federales, la adición de un número fijo mínimo de representantes para cada nacionalidad, a fin de compensar en algo las diferencias númericas de población que pudieran perjudicar excesivamente a las nacionalidades más pequeñas.
 
Si de nivel federal pasamos a consideral el nivel de las nacionalidades cabe hacer exactamente el mismo planteamiento. A nivel de [[EuskadiAndalucía]], [[CataluñaEuskadi]] , [[AndalucíaExtremadura]], etc.. sus parlamentos también deben recoger las tres fuentes de representación : los partidos políticos presentes en la nación andaluza, vasca o catalanaextremeña, los sindicatos presentes en estas mismas nacionalidades, y la representación territorial ([[Senado]] Autonómico) en la que a la vez se divide administrativamente la nacionalidad.
 
Así bajando de nivel (diputaciones forales, municipios , etc) deberíamos considerar unas estructuras semejantes, de suerte que en cada nivel la democracia tuviese su órgano de soberanía, el instrumento de su [[autogestión]] comunitaria, a través del cual lograremos la unión política de ese nivel así com el ejercicio de su soberanía política.