Diferencia entre revisiones de «Bolívar (moneda)»

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El '''Bolívar''' (símbolo: '''Bs.'''; código [[ISO 4217]]: VES) es la [[moneda de curso legal]] de la [[Venezuela|República Bolivariana de Venezuela]].<ref>{{cita web |url = http://pdba.georgetown.edu/Comp/Economico/Monetaria/composicion.html |título = Composición del Banco Central |fechaacceso = 23 de abril de 2018 |sitioweb = [[Universidad de Georgetown]] |idioma = castellano |cita = Artículo 318.- Las competencias monetarias del Poder Nacional serán ejercidas de manera exclusiva y obligatoria por el Banco Central de Venezuela. El objeto fundamental del Banco Central de Venezuela es lograr la estabilidad de precios y preservar el valor interno y externo de la unidad monetaria. La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el Bolívar.|formato = html |urlarchivo = https://web.archive.org/web/20060902095033/http://pdba.georgetown.edu/Comp/Economico/Monetaria/composicion.html |fechaarchivo = 2 de septiembre de 2006}}</ref> Esta moneda reemplazó al Bolívar Fuerte (Bs.F) que circuló entre 2007 y agosto de 2018. Inicialmente fue denominada Bolívar Soberano (Bs.S) para diferenciarla del "viejo" Bolívar (Bs.) que circuló entre 1879 y 2007, a partir de febrero de 2019 se le denominó simplemente Bolívar (Bs.). Debido a la desbocada y tremenda [[Hiperinflación en Venezuela|hiperinflación que sufre el país]] y la consiguiente devaluación del Bolívar Soberano, este fue sustituido a partir del 1 de octubre de 2021 por el llamado '''Bolívar Digital'''. El valor del Bolívar Digital se obtiene eliminando seis ceros (o dividiendo el valor por un millón) al Bolívar Soberano.
 
El bolívar fue establecido en [[1879]] como unidad monetaria por el [[Presidente de Venezuela|presidente]] [[Antonio Guzmán Blanco]],<ref>{{cita web |url = http://globovision.com/article/antonio-guzman-blanco-el-ilustre-americano |título = Antonio Guzmán Blanco: El primer gran "modernizador de Venezuela" |fechaacceso = 23 de abril de 2018 |apellido = Ñáñez |nombre = Paola |fecha = 24 de febrero de 2017 |sitioweb = [[Globovisión]] |idioma = castellano |cita = Del gobierno resaltan la creación de nuestra moneda (Bolívar), la instauración del himno nacional, el segundo censo nacional, la creación de la Gaceta Oficial, el Antiguo ferrocarril entre Caracas y La Guaira, la fundación de la Academia Venezolana de la Lengua, el servicio telefónico entre Caracas y La Guaira. |formato = html |urlarchivo = https://web.archive.org/web/20170228140346/http://globovision.com/article/antonio-guzman-blanco-el-ilustre-americano |fechaarchivo = 28 de febrero de 2017}}</ref> llevando su nombre en honor a [[Simón Bolívar]], héroe de la independencia venezolana.<ref>{{cita web |url = http://www.bbc.com/mundo/noticias/2013/08/130802_colombia_venezuela_bolivares_casas_cambio_aw |título = El negocio de la moneda venezolana en Colombia |fechaacceso = 23 de abril de 2018 |apellido = Wallace |nombre = Arturo |fecha = 2 de agosto de 2013 |sitioweb = [[BBC Mundo]] |idioma = castellano |cita = Desde 1879 la moneda venezolana ha sido el bolívar, en referencia a Simón Bolívar, "El Libertador", quien comandó el proceso de independencia de Venezuela (y otros países) de España hace dos siglos.|formato = html |urlarchivo = https://web.archive.org/web/20150629044904/http://www.bbc.com/mundo/noticias/2013/08/130802_colombia_venezuela_bolivares_casas_cambio_aw |fechaarchivo = 29 de junio de 2015}}</ref> La [[Constitución de Venezuela de 1999|Constitución]] establece que la unidad monetaria es el Bolívar (Artículo 318)<ref name="Bolivariana">{{cita web |url = http://cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/titulo6.php |título = TÍTULO VI DEL SISTEMA SOCIO ECONÓMICO |fechaacceso = 1 de abril de 2018 |fecha = 15 de diciembre de 1999 |sitioweb = [[Consejo Nacional Electoral de Venezuela|CNE]]|cita = La unidad monetaria de la República Bolivariana de Venezuela es el Bolívar. En caso de que se instituya una moneda común en el marco de la integración latinoamericana y caribeña, podrá adoptarse la moneda que sea objeto de un tratado que suscriba la República. |formato = html |urlarchivo = https://web.archive.org/web/20160317072022/http://cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/titulo6.php |fechaarchivo = 17 de marzo de 2016}}</ref> y delega en el [[Banco Central de Venezuela]] (BCV) su emisión y control.<ref name="Bolivariana" /> El BCV acuña las monedas e imprime los billetes en su propia [[Casa de la Moneda de Venezuela|Casa de la Moneda]] (ubicada en [[Maracay]], [[Estado Aragua]])<ref name="casa_de_la_moneda">{{cita web |url = https://www.bcv.org.ve/bcv/casa-de-la-moneda-de-venezuela |título = Casa de la Moneda de Venezuela |fechaacceso = 23 de abril de 2018 |sitioweb = [[Banco Central de Venezuela]] |cita = La Casa de la Moneda de Venezuela (CMV) es una fábrica del Banco Central de Venezuela (BCV) que cuenta con la más alta tecnología para acuñar monedas, imprimir billetes y producir especies valoradas (timbres y estampillas fiscales, pasaportes, papel sellado, bandas de garantía, entre otras). |formato = html |urlarchivo = https://archive.today/20180423151606/https://www.bcv.org.ve/bcv/casa-de-la-moneda-de-venezuela |fechaarchivo = 23 de abril de 2018 }}</ref> y tiene la obligación de velar por la estabilidad monetaria,<ref>{{cita web |url = http://cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/titulo6.php |título = Título VI Del sistema socio económico Capítulo I Del Régimen Socio Económico y de la Función del Estado en la Economía |fechaacceso = 23 de abril de 2018 |sitioweb = [[Consejo Nacional Electoral (Venezuela)|CNE]] |cita = Artículo 320. El Estado debe promover y defender la estabilidad económica, evitar la vulnerabilidad de la economía y velar por la '''estabilidad monetaria''' y de precios, para asegurar el bienestar social. El ministerio responsable de las finanzas y el '''Banco Central de Venezuela''' contribuirán a la armonización de la política fiscal con la política monetaria, facilitando el logro de los objetivos macroeconómicos. |formato = html |urlarchivo = https://archive.today/20180423152136/http://cne.gob.ve/web/normativa_electoral/constitucion/titulo6.php |fechaarchivo = 23 de abril de 2018 }}</ref> entre otras atribuciones que le confiere la Carta Magna.<ref name="Bolivariana" /> Dicho artículo establece, además, que Venezuela podrá tener una moneda común en [[América Latina|Latinoamérica]] y el [[Caribe (región)|Caribe]] siempre y cuando la República se suscriba a un tratado.<ref name="Bolivariana" />