Diferencia entre revisiones de «Tribunal de Arbitraje Deportivo»

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=== Dopaje ===
 
* En marzo de 2011, el TAS decidió su primer caso sobre [[Pasaporte biológico|pasaportes biológicos de atletas]] (ABPPBA) cuándo suspendió a dos ciclistas italianos, [[Franco Pellizotti]] y [[Pietro Caucchioli]], por dos años basado en evidencias de sus perfiles de sangre.<ref>[https://www.nytimes.com/2011/03/09/sports/cycling/09cycling.html?_r=1 Court Upholds Cyclist's Ban Based on Biological Passport] ''New York Times''. Retrieved 24 March 2013</ref>
 
: Con anterioridad, el caso de patinadorla patinadora [[Claudia Pechstein]] había sido decidido (2009/Un/1912 & 1913) sobre bases similares.<ref name="tas-cas.org">CAS Bulletin 2011/2
[http://www.tas-cas.org/fileadmin/user_upload/Bulletin202_2011.pdf The Athlete Biological Passport Program] by Despina Mavromati</ref> Escritbiendo en el ''Boletín del CAS de 2011/2'' con respecto a la institución del progama ABPPBA, la abogada del CAS Despina Mavromati diferenció entre los dos tipos de casos y escribió:
 
:{{cita|Es de destacar que el TAS ya había dictado un laudo suspendiendo a un atleta basándose en el perfil longitudinal de los marcadores biológicos antes de la adopción del ABP por parte de las FI [federaciones internacionales]: en el TAS 2009/A/1912 & 1913 [Pechstein], el Panel suspendió a un atleta olímpico después de que los datos biológicos mostraran valores sanguíneos irregulares. Según el TAS, esos valores anormales no se debían a un error ocurrido en el laboratorio, como afirmaba el atleta, sino a la manipulación prohibida de la sangre del atleta. La diferencia esencial entre las sentencias de la ABP y la del TAS 2009/A/1912 y 1913 consiste en que en este último caso los datos sanguíneos del atleta se extrajeron de una muestra que el atleta entregó en los campeonatos de las federaciones y, por tanto, no de los datos recogidos por un programa sistemático oficial dirigido por el sindicato de atletas.<ref name="tas-cas.org"/>}}